GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, veinticinco de enero de dos mil trece.-
202º y 153º
Por cuanto se observa que la parte demandante en el presente juicio no se hizo presente el día 25 de enero de 2013, oportunidad para que tuviere lugar el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO, el Tribunal declara EXTINGUIDO el proceso y ordena el archivo del expediente, conforme a lo dispuesto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil.-


REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
Irali Yocelyn Urribarri Díaz
Secretaria