REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL ESTADAL Y MUNICIPAL
LOS TEQUES
Los Teques, 30 de Enero de 2013
202° Y 153°
Por cuanto de revisión de las actuaciones que conforman el presente asunto 5C-10522-12, se observa que las mismas guardan relación con el asunto penal 6CS-830-12; que se sigue ante el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, solicitud penal que se sigue en virtud de desestimación de la denuncia decretada por ese juzgado e fecha 22 de Marzo del 2012, tal como se infiere del contenido de la boleta de notificación cursante al folio seis suscrita por la Abg. Nélida Contreras, Juez Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Miranda para la referida fecha.
Este Tribunal considera, de acuerdo a las exigencias legales contenidas en los artículos 71 y 73 parte in fine, del Código Orgánico Procesal Penal y atendiendo a las fechas del la boleta emanada del tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Miranda, y la fecha en que se presenta la solicitud que da origen al presente asunto, el competente para su conocimiento es el referido juzgado.
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la Ciudad de Los Teques Acuerda declinar competencia en la presente causa al Juzgado Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal y en consecuencia remitir el presente asunto al Juzgado Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que ese Tribunal proceda a la acumulación de la presente causa con la causa 6CS-830-12, de la nomenclatura del referido Tribunal Sexto de Control, en razón de la conexión existente de los hechos que dan origen a ambas solicitudes putado y sea ese Tribunal ante el cual se realicen los trámites de ley. Líbrese oficio de remisión. Cúmplase.-
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. MARIA GABRIELA FARIA MORANTES
LA SECRETARIA
ABG. CARMEN MILLAN