REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL LOS TEQUES
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara sin lugar la solicitud interpuesta por la profesional del derecho Abg. Carmen Maria Tovar Toro, a favor de sus defendido Gregori Jose Guillen, Erick Zambrano, Angel Cisneros y Giovani Osorio, venezolanos, titular de las cédulas de identidad Nº 17.643.110. V-17.116.521., V-25.442.498 y V-16.526.196 respectivamente y se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y sede en fecha 15 de Junio de 2012 todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia autorizada. Notifíquese a las partes. Se deja constancia que se impondrá al ciudadano en cuestión del presente fallo el día fijado para la realización de la audiencia preliminar.
La Juez,
ABG. MARIA GABRIELA FARIA MORANTE
El Secretario
ABG. CARMEN MILLAN
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario
ABG. CARMEN MILLAN
Causa No. 5C10166-12