REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN BARLOVENTO

JUEZ: ABG. FRANCISCO JAVIER LARA
ACUSADO: HILVERG E. PALENCIA HERNANDEZ
DELITO: FACILITADOR EN FUGA DE DETENIDO
FISCAL: ABG. TERLIA CHARVAL.
DEFENSA: ABG. MARIA VERA.
SECRETARIA: ABG. MARIA E. REYES

Visto el escrito presentado por el Ciudadano HILVERG ENRIQUE PALENCIA HERNANDEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 13.978.401, mediante el cual solicita el cese de las presentaciones; al respecto este Tribunal hace las siguientes consideraciones
En fecha, 11-11-08, se celebró ante este Tribunal, audiencia para oír al imputado en la cual se le impuso al prenombrado ciudadano la medida de coerción personal prevista en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada sesenta (60) días por ante la sala de alguacilazgo, presentaciones que ha cumplido correcta y oportunamente; tal como fuera verificado en los libros de presentaciones llevado por este Juzgado Primero de Juicio.

Ahora bien, es el caso que desde que le fue impuesta la aludida medida coerción personal al referido ciudadano, hasta la presente fecha, han transcurrido Cuatro (04) años y Dos (02) meses, y el mismo ha cumplido correcta y oportunamente; de allí que habiéndose verificado la voluntad del imputado de someterse al proceso; estima este Juzgador que lo procedente y ajustado a derecho es DECRETAR el CESE de la medida cautelar sustitutiva que fuera acordada el día 11-11-08; en contra del ciudadano HILVERG ENRIQUE PALENCIA HERNANDEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 13.978.401 y como consecuencia de ello se decrete igualmente el cese de las presentaciones del prenombrado ciudadano ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Se ordena estampar la nota respectiva en el libro de presentaciones correspondiente.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Barlovento, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, DECRETA el CESE de la medida cautelar sustitutiva que fuera acordada por este Tribunal en fecha 11-11-08, en contra del ciudadano HILVERG ENRIQUE PALENCIA HERNANDEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 13.978.401 y como consecuencia de ello se decreta igualmente el CESE de las presentaciones de los prenombrados ciudadanos ante este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento. Se ordena librar las respectivas boletas a las partes y estampar la nota respectiva en el libro de presentaciones correspondiente.
Regístrese, anótese en el Libro Diario llevado por este Tribunal, Publíquese, déjese copia y notifíquese a las partes.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO

ABG. FRANCISCO JAVIER LARA

LA SECRETARIA

Abg. ELIZABETH REYES
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. ELIZABETH REYES
Exp. Nº 1U-545-09