REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN
En el día de hoy, miércoles, trece (13) de febrero de 2013, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar el acto de la sentencia oral en la causa que sigue la ciudadana SHERIL DIANUSKA RON PEÑALVER titular de la Cédula de Identidad N°. 18.425.020 contra la Sociedad Mercantil SPECIAL GADGETS, C.A. en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionante, abogado CHARBELL RAFFOUL ZACARÍAS inscrito en inpreabogado bajo el N°. 41.452 contra la sentencia de fecha 09 de enero de 2013 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente N°. 1975-13 (nomenclatura de este Juzgado). - Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte accionante apelante, abogado CHARBEL RAFFOUL ZACARIAS inscrito en el inpreabogado bajo los N°S. 41.452. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley y declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionante, abogado CHARBELL RAFFOUL ZACARÍAS inscrito en inpreabogado bajo el N°. 41.452 contra la sentencia de fecha 09 de enero de 2013 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, SEGUNDO: SE DECLARA la validez del acuerdo celebrado en fecha 03 de diciembre de 2012 entre la Sociedad COMPU DEPOT, C.A. y la accionante, respecto del pago de la obligación derivada del presente juicio. TERCERO: SE ORDENA el embargo de la máquina dada en garantía e identificada en autos con ocasión al acuerdo expresado, hasta tanto conste en autos su pago total de los créditos laborales, en cuyo caso de incumplimiento de acuerdo al procedimiento de ejecución, se proceda a materializar dicha ejecución CUARTO: SE REVOCA la sentencia de fecha 09 de enero de 2013 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. QUINTO: Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, cuando comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los trece (13) días del mes de febrero del año dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ADOLFO HAMDAN GOZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA
EXP. 1975-12
AHG/evz*