JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.

Los Teques, 05 de febrero de 2013

202° y 153°

De la revisión de las actas procesales se evidencia que en fecha 10 de Enero de 2013, se dictó auto mediante el cual se dio por recibida la apelación interpuesta por la ciudadana CRISTINA MENDEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente, INSTITUTO DE FERROCARRIL DEL ESTADO (I.F.E), otorgándole a esta en lapso de diez (10) días de despacho a los fines de argumentar dicha apelación de conformidad con lo establecido en el articulo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Ahora bien se evidencia que a partir de la fecha en que se dicto dicho auto, hasta el día de hoy, ambos exclusive, han transcurrido diez (10) días de despacho, discriminados de la siguiente manera: viernes (11), lunes catorce (14), martes quince (15), miércoles dieciséis (16), jueves diecisiete (17), viernes dieciocho (18), martes veintidós (22), miércoles veintitrés (23), jueves veinticuatro (24) y viernes veinticinco (25) de Enero de 2013, sin que conste en autos la argumentación de la apelación en dicho lapso, en este sentido este Juzgado debe forzosamente aplicar la consecuencia jurídica prevista en el articulo 92 ibidem y declara el DESISTIMIENTO de la apelación interpuesta por la ciudadana CRISTINA MENDEZ contra la sentencia de fecha 06 Noviembre de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede Charallave.




ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA


Nota: en la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA
Exp. 1968-13
AHG/EVZ/frrl*