REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO LANDER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-


Ocumare del Tuy, 27 de Febrero del 2013.
202º y 152º


AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN EXP. Nº L- 1955/13.


EL JUEZ DEL TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LANDER: Dr. GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS.

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: Dra., ZULAY GOMEZ MORALEZ (FISCAL DECIMO SEPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO).

JOVEN ADULTO INVESTIGADO: IDENTIDAD OMITIDA.

DEFENSOR PUBLICO: Abg., ESPERANZA PÉREZ.

VICTIMA: PERSONA DESCONOCIDA.

SECRETARIA Abg., NAYLETH SARAHI GARCIA BELISARIO.-

En el día de hoy, Miércoles Veintisiete (27) de Febrero del año Dos Mil Doce (2012), siendo las 11:30 a.m. con el fin de que tenga Lugar la Audiencia del Presentación del Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad No. V-22.563.562.-
Preside este acto la Juez del Municipio Lander Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS, quien solicita a la Secretaria Abg., NAYLETH SARAHI GARCIA BELISARIO, verifique la presencia de las partes en la sala de Audiencias del Tribunal. Se deja constancia que se encuentran presentes, el Fiscal 17º del Ministerio Público, Dra., ZULAY GOMEZ MORALES, El Defensor Público Abg., ESPERANZA PÉREZ. El Joven Adulto, IDENTIDAD OMITIDA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.563.562.- Seguidamente se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público, Dra., ZULAY GOMEZ MORALES, quien expuso: “Presentó y pongo a la orden de este Tribunal al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA de 22 años de edad, toda vez que fue aprehendido por funcionarios adscritos al CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS, SUB DELEGACIÓN OCUMARE DEL TUY, en fecha 25/02/2013, por cuanto se encontraba solicitado por el delito de HOMICIDIO, según oficio N° 2800-A, de fecha 24/09/2012, según expediente N° 1235-09, por lo que solicito a este Tribunal verifique si el requerimiento se encuentra vigente a los fines legales consiguientes. Es Todo.” Acto seguido el Tribunal le cede el derecho de palabra al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, previa la imposición del artículo 49 numeral 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quien expuso: “ Le cedo la palabra a mi Defensor Público. Es Todo.” Acto seguido el Tribunal le cede la palabra al Abg., ESPERANZA PÉREZ, Defensor Público del Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, quien expuso: “Visto que a mi defendido ya le fue realizada la Audiencia Prelimina4r de acuerdo a actas que rielan en el expediente, en la cual admitió los hechos, solicito a este Tribunal una vez verificado el mismo la exclusión del sistema SIPOL y la Libertad Inmediata de mi defendido. Es todo.” Oídas como fueron las partes, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y a los fines de dar cumplimiento a los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizar asimismo una titula Judicial efectiva, el debido proceso y el Interés Superior del Adolescente en sala, Decreta: PRIMERO: Este Tribunal deja plena constancia que sobre el Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado en autos, no pesa ninguna orden de aprehensión, por cuanto al mismo le fue realizada la Audiencia Preliminar correspondiente, donde el referido Joven Adulto admitió los hechos por los cuales se les acusa, es por lo que este Tribunal ordena la Libertad del Joven Adulto arriba mencionado y del mismo modo ordena librar oficio al C.I.C.P.C., Sub Delegación Ocumare del Tuy, a fin que se sirva girar las ordenes que sean necesarias, a objeto que se sirva excluir del SIPOL al adolescente arriba mencionado. CUARTO: Quedan notificada las partes del presente pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. CUARTO: Este Tribunal ordena librar oficio al organismo aprehensor participando la presente decisión. Es Todo y siendo las 12:00 m., el Tribunal declara concluido el acto, Terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ.,
Dr., GUILLERMO FRANCISCO CORREDOR VARGAS

EL JOVEN ADULTO INVESTIGADO.,

IDENTIDAD OMITIDA

EL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO.,

Dra., ZULAY GOMEZ MORALES
EL DEFENSOR PÚBLICO,

Abg. ESPERANZA PÉREZ

LA SECRETARIA.,

Abg., NAYLETH SARAHI GARCIA BELISARIO

EXP. L- 1955/13
GFCV/NSGB/yely