REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PÁEZ Y PEDRO GUAL







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Río Chico, 22 de febrero de 2013.
202º y 154º

Una vez visto todos y cada uno de los instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos: CARLOS RUDAS y ELPIDIA CARABALLO DE RUDAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad números V-2.699.306 y V-3.662.201 respectivamente, sobre unas bienhechurias con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y UN CENTÌMETROS (263,41 Mts2) consistente en la edificación de una vivienda unifamiliar de dos niveles (Planta Alta con un área de: 72,36 mts2 y la planta baja de: 88,69 mts2 para un área total de construcción de CIENTO SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCO CENTÍMETROS (161,05 Mts2), asentadas sobre un lote de Terreno Propiedad Municipal, ubicado en la Avenida Bolívar de Cúpira- Sector San Antonio jurisdicción del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda, tal y como se evidencia de autorización emanada de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía Bolivariana del Municipio Pedro Gual del Estado Miranda, de fecha 28 de noviembre de 2012, el cual está registrado bajo el código catastral número 15-16-01-03-02-01-A, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada en el archivo de este Juzgado.- Cúmplase. -----------------------------------------------------------------

EL JUEZ,

EMERSON LUIS MORO PEREZ.


LA SECRETARIA,

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.

E.L.M.P/m.a.p.b/e.v
Titulo Supletorio de Propiedad Solicitud Nª 2013-10