REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PÁEZ Y PEDRO GUAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
Río Chico, 07 de Febrero de 2013
202º y 153º
Visto y revisados los instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, actuando de conformidad con lo estipulado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano ALBERTO RAMÓN PÉREZ NÚÑEZ, venezolano, mayor de edad, de estado civil Soltero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-10.542.112; sobre una parcela de terreno de su propiedad, según consta de documento registrado por ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías- Registro Público de los Municipios Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del estado Bolivariano de Miranda, bajo el N° 2009.2873, Asiento Registral 1, del Inmueble Matriculado 233.13.21.1.69, del Libro del Folio Real de fecha dieciocho de septiembre de dos mil nueve (18-09-2009), la cual se encuentra distinguida con el número 146 Manzana G ubicada en Urbanización Playa Pintada- Municipio Pedro Gual del Estado Miranda, posee una superficie aproximada de MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS (1.050,00 M2), en donde ha construido a su solas y únicas expensas unas bienechurias consistentes en una casa de nombre La Tortolita, la cual tiene un área total de construcción de aproximadamente CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (140,00 M2) y cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en el archivo de este Juzgado. Es Todo. Cúmplase. -
EL JUEZ,
EMERSON LUIS MORO PEREZ
LA SECRETARIA,
MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE
E.L.M.P/m.a.p.b/n.m
Solicitud: Titulo Supletorio de Propiedad Nº 2013-19