REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 13 de febrero del año dos mil trece (2.013).-
202º y 153º
Vista la anterior solicitud y los recaudos anexos, el Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia ordena oír los testigos que presenta la parte interesada y con sus resultas proveerá por auto separado.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. TERESA HERRERA ALMEIDA
La Secretaria,
Abg. LESBIA MONCADA de PICCA
En horas de despacho del día de hoy, miércoles trece (13) de enero de dos mil trece (2013), la parte interesada presentó una testigo que legalmente juramentado, dijo ser y llamarse ZOILIN COROMOTOGONZALEZ DELGADO, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, de 37 años de edad, de profesión u oficio peluquera, titular de la cédula de identidad N° V-13.253.370, domiciliada en: Sector las Dalias, Callejón el Guamito, Casa Yolanda, Nro 5, Parroquia Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, del Estado Bolivariano de Miranda, quien al ser impuesta sobre las generales de Ley, manifestó no tener impedimento legal para declarar acerca del contenido del escrito que se le puso de manifiesto, y al ser interrogada por el Tribunal, contestó: AL PRIMERO: Si, desde hace 10 años; AL SEGUNDO: Si, si lo conozco; AL TERCERO: Si, si me consta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. TERESA HERRERA ALMEIDA
LA TESTIGO
La Secretaria,
Abg. LESBIA MONCADA de PICCA
THA/LMdeP/jcrl
Solicitud N° 2013-1710
Seguidamente y horas de despacho del día de hoy, miércoles trece (13) de enero de dos mil trece (2013), la parte interesada presentó una testigo que legalmente juramentado, dijo ser y llamarse WENDY JOHANA PEÑALOZA DELGADO, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltera, de 33 años de edad, de profesión u oficio economía informal, titular de la cédula de identidad N° V-14.059.710, domiciliada en Alberto Ravel, Sector el Alambique, Verdea Nro 7, Casa 7b, Parroquia Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, del Estado Bolivariano de Miranda, quien al ser impuesta sobre las generales de Ley, manifestó no tener impedimento legal para declarar acerca del contenido del escrito que se le puso de manifiesto, y al ser interrogada por el Tribunal, contestó: AL PRIMERO: Si la conozco, hace 7 años; AL SEGUNDO: Si, si los conozco; AL TERCERO: Si me consta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. TERESA HERRERA ALMEIDA
LA TESTIGO
La Secretaria,
Abg. LESBIA MONCADA de PICCA
THA/LMdeP/jcrl
Solicitud N° 2013-1710
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 07 de diciembre del año dos mil doce (2.012).-
202º y 153º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, DECLARA dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana JUDITH MARGARITA GIL BENAVIDES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V-6.866.285, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de cinco (05) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. TERESA HERRERA ALMEIDA
La Secretaria,
Abg. LESBIA MONCADA de PICCA
En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.
La Secretaria,
THA/LMdeP/jcrl
Solicitud N° 2013-1710