Seguidamente y en horas de despacho del día de hoy, miércoles veintisiete (27) de febrero de dos mil trece (2013), la parte interesada presentó una testigo que juramentada en forma legal manifestó ser y llamarse: CORTEZA GARCIAS, mayor de edad, venezolana, de estado civil viuda, de ocupación u oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.199.989, con residencia en: Tejerías, Sector Ruiz Pineda, la Cañada, Calle Sergio Medina, Casa N° 7, Municipio Santo Michelena, del Estado Aragua. Quien al ser impuesta sobre las Generales de Ley referente a testigos, manifestó no tener impedimento legal para declarar acerca del contenido del escrito que se le puso de manifiesto, y al ser interrogada por el Tribunal, contestó: AL PRIMERO: Si, si los conozco desde hace catorce (14) años . AL SEGUNDO: Si, y me consta que era su esposo de LUDYS MARIA y padre de MARIA VERONICA, GABRIEL y JUAN ADOLFO, AL TERCERO: SI me consta que son los únicos herederos, AL CUARTO: Si me consta de que murió por su enfermedad y mas cuando yo lo cuidaba cuando estaba enfermo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
La Testigo.
La Secretaria Temporal,
DAMELIS FIGUERA.
THA/DAF /jcrl
Expte N° 2013-1711
En horas de despacho del día de hoy, miércoles veintisiete (27) de febrero de dos mil trece (2013), la parte interesada presentó una testigo que juramentado en forma legal manifestó ser y llamarse: CECILIA ZARATE, mayor de edad, venezolano, de estado civil soltera, de ocupación u oficio costurera, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.118.816, con residencia en: en la Avenida José Arvelo con Calle Independencia, Casa N° 4, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda. Quien al ser impuesta sobre las Generales de Ley referente a testigos, manifestó no tener impedimento legal para declarar acerca del contenido del escrito que se le puso de manifiesto, y al ser interrogada por el Tribunal, contestó: AL PRIMERO: SI, si conozco al señor ADOLFO y a la señora LUDYS desde hace 13 años. AL SEGUNDO: Si, si me consta y doy fe que el era su esposo del señor ADOLFO y padre de MARIA VERONICA, JUAN y GABRIEL, AL TERCERO: Si, son ellos los únicos, AL CUARTO: Si, y me consta que murió por su enfermedad. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
La Testigo.
La Secretaria Temporal
DAMELIS FIGUERA
THA/DAF /jcrl
Expte N° 2013-1711
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de febrero de dos mil trece (2013)
202° y 154°
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009/0006, fechada 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, en fecha 02 de abril de 2009, declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos LUDYS MARIA CORREA PEREZ, MARIA VERONICA TORRES DE PETRUZZELLA, JUAN ADOLFO TORRES GIL y GABRIEL OCTAVIO TORRES GIL, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.191.797, V-6.347.925, V-12.160.209 y V-13.727.263, respectivamente, en su condición de causahabientes (esposa e hijos), son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ADOLFO TORRES GIL, quien fuera venezolano y titular de la Cédula de Identidad V-625.947. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual se encuentra redactada por la abogado MARIO JOSE IZQUIERDO MORENO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.875, constante de veintidós (22) folios útiles. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.
La Secretaria Temporal,
DAMELIS FIGUERA.
THA/DAF/jcrl
Expte N° 2013-1711
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