REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



I


Se dio inicio al presente procedimiento, mediante escrito contentivo de solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil de Venezuela, presentado en fecha 17 de enero de 2012 por los ciudadanos DAYANA JOSEFINA GOMEZ GONZÁLEZ y EDWARD JIMÉNEZ DE SOUSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 11.641.836 y 8.777.701 respectivamente; asistidos por el abogado Juan Carlos Zamora, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96-017, de la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de la Procuraduría del estado Bolivariano de Miranda; la cual fue admitida en fecha 24 de enero de 2013, ordenándose la notificación del Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, y librándose la boleta correspondiente.

En fecha 29 de enero de 2013, consignó diligencia el Alguacil de este Tribunal, dejando constancia de haber practicado la Notificación a la Fiscal XI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.

En fecha 29 de enero de 2013, compareció ante este Juzgado la abogada BONNIMAR CARRION SOSA, en su carácter de Fiscal Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, quien no formuló objeción alguna al procedimiento; y habiéndose cumplido con los requisitos de Ley, este Tribunal pasa a dictar sentencia en los siguientes términos:

II


Este Tribunal a los fines de decidir observa:


Alegaron los solicitantes que contrajeron matrimonio civil en fecha veintiuno (21) de enero de mil novecientos noventa y cuatro (1994) ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Vargas del estado Vargas. Que establecieron su último domicilio conyugal en el sector el Amarillo, calle Modesto González, casa s/n San Antonio de Los Altos jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda. Que en la unión matrimonial no procrearon hijos. Que han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años –desde el mes de noviembre de 1996-, por lo que de mutuo y amistoso acuerdo han decidido acudir a este Juzgado a fin de solicitar se declare el divorcio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil.


III


El Artículo 185-A del Código Civil invocado por los contrayentes, establece lo siguiente:

“Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común…”

Ahora bien, de la lectura efectuada a la norma anteriormente trascrita, se evidencia que en el presente caso, fueron cumplidas las exigencias previstas en la misma, y por ello concluye esta Juzgadora que la solicitud que encabeza la presente actuación debe prosperar, y así se decide.

Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos DAYANA JOSEFINA GOMEZ GONZÁLEZ y EDWARD JIMÉNEZ DE SOUSA, ampliamente identificados, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veintiuno (21) de enero de mil novecientos noventa y cuatro (1994 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Vargas del estado Vargas, según consta de Acta Nº 2 , folio 2, correspondiente al Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por el Registro antes mencionado durante el año 1994.

Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes, con inclusión de las copias de la presente decisión, previa su certificación por la Secretaría de este Despacho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.


Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en San Antonio de Los Altos, a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.

LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO

LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES I.





Se deja constancia de que en la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 1:00 p.m. Se libraron los oficios correspondientes bajo los NROS 13/071 y 13/072.
EL SECRETARIO
















Expediente Nº: S-2013-005
LCH / MMI / mmd