GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, SAN CRISTÓBAL, VEINTISIETE DE FEBRERO DE DOS MIL TRECE.
202º y 153º
Visto el escrito de fecha 16 de enero de 2013, suscrito por el ciudadano MIGUEL ANGEL NIÑO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.673.823, domiciliado en San Cristóbal, con el carácter de Presidente de la ASOCIACIÓN CIVIL LINEA DE TAXI RADIO LOS PROCERES, parte demandada, debidamente asistido por la abogada MARIA ZENAIDA GARCIA DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.495.223, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 131.844, en el que solicita al Tribunal el Levantamiento de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar. Y por cuanto en fecha 23 de noviembre de 2010, la abogada NIREYDA ELIZABETH RAMÍREZ, apoderada judicial del ciudadano CÉSAR ALBERTO QUIROZ SEPULVEDA, parte demandante en la presente causa; presentó diligencia ante el Juzgado Primero Ejecutor De Medidas Del Estado Táchira, donde consta que se le hizo entrega de la cantidad de CATORCE MIL NOVECIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 14.900,00), según cheque de gerencia 00222096, de fecha 14 de noviembre de 2010 y manifestó que quedó cumplida en su cabalidad la Sentencia dictada por este Tribunal en fecha 17 de febrero de 2010. Se acuerda de conformidad. En consecuencia, se ordena el levantamiento de la medida de Prohibición de Enajenar Gravar, decretada por el Juzgado Cuarto De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Tránsito, en fecha 28 de marzo de 2005 y notificada a esa oficina de Registro con oficio N° 0396 de esa misma fecha. Notifíquese lo conducente al respectivo Registro Subalterno Jurisdiccional. Hecho lo ordenado, se da por terminado el presente juicio y se acuerda el archivo del expediente.
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI URRIBARRI D.
SECRETARIA
En la misma fecha se oficio al Registrador Subalterno bajo el N° 0860-129
IRALI URRIBARRI D.
SECRETARIA
mdv
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