REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, lunes dieciocho (18) de febrero del año dos mil trece (2013).
202º y 153º

ASUNTO: SP01-L-2012-000019

INDICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE ACTORA: ALBA ALVINA CHACÓN DE RUIZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V.- 5.665.449.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RICHARD ANDERSON HERNANDEZ MORA, mayor de edad, titular de la cédula N° V.- 9.352.619 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 98.326
PARTE DEMANDADA: MERCADO DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL C.A.)
MOTIVO: COBRO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ENFERMEDAD OCUPACIONAL.

Por cuanto el Tribunal observa que la última actuación realizada para impulsar el proceso en la presente causa se realizó en fecha 10 de enero de 2012 donde se realizó la consignación del libelo de la demanda, este Tribunal con vista a lo expuesto en el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, que establece:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 10 de enero de 2012, la parte demandante no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos antes señalados, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales sigue la ciudadana ALBA ALVINA CHACÓN DE RUIZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° V.- 5.665.449 por cobro de indemnizaciones derivadas de enfermedad laboral, contra la empresa, MERCADO DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL C.A.).

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los dieciocho (18) días del mes de febrero del año dos mil trece (2013)
El Juez

Abg. Jorge Armando Allen Galvis
La Secretaria