JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 19 de diciembre de 2013.
203º y 154º
Visto el CONVENIMIENTO realizado en esta misma fecha, por la ciudadana DAMARIS MARYERLING MONTOYA CHACÓN, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-16.122.742, al ofrecimiento de obligación de manutención subsidiaria realizado por la abuela paterna de su hija, la ciudadana ANA HAILEN GONZALEZ DE CANCHICA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.514.268; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Exp. Nº 2486-2013
Byvm/mcmc.
Va sin enmienda.
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