REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN. SEDE LOS TEQUES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.
Los Teques, 18 de febrero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: JMS1-S-9163-12

SOLICITANTE: (Se suprimen sus datos).

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

I
Se inició el presente asunto el 22-01-2013, vista la solicitud de declaración de únicos y universales herederos formulada a favor de los beneficiarios los adolescentes y el niño (Se suprimen sus datos)de dieciséis (16), catorce (14) y nueve (09) años de edad respectivamente,celebrándose la audiencia única el día de hoy

II
Ahora bien, con las testimoniales rendidas por los ciudadanos (Se suprimen sus datos), quedó probado que el DeCujus dejó como únicos y universales herederos a losadolescentes a los adolescentes y el niño (Se suprimen sus datos) de dieciséis (16), catorce (14) y nueve (09) años de edad respectivamente, considerando suficientes los recaudos presentados por la solicitante y que fueran incorporados por lectura en la audiencia, por lo que resulta procedente y ajustado a derecho, conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS delfallecido(Se suprimen sus datos), a los beneficiarios los adolescentes y el niño (Se suprimen sus datos) de dieciséis (16), catorce (14) y nueve (09) años de edad respectivamente, por cuantose evidencia según las actas de nacimientos delos beneficiarios y del acta de matrimonio.

III

En fuerza de las consideraciones que preceden, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido(Se suprimen sus datos), a los beneficiarios los adolescentes y el niño (Se suprimen sus datos), de dieciséis (16), catorce (14) y nueve (09) años de edad respectivamente. Publíquese y regístrese la presente decisión. Expídase a la solicitante copia certificada del presente fallo. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. DAGIELY T. PALMA RODRÍGUEZ.

LA SECRETARIA,
ABG. JENNY RODRIGUEZ

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-

LA SECRETARIA,
ABG. JENNY RODRIGUEZ









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DTPR/JR/Kehiberd