REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN,
CON SEDE EN LOS TEQUES

Los Teques, 26 de febrero de 2013
202° y 153°

CAUSA Nº: 3E-115-10

JUEZ: ABG. JACQUELINE MARÍN DE SOTO
Secretaria: ABG. ANA CAPOTE CALERO


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

Penada:

MARIALYS JOSEFINA LISTA BRITO, titular de la cédula de identidad Nº V-11.856.665

Fiscal: FISCAL DÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON COMPETENCIA EN RÉGIMEN PENINTENCIARIO Y EJECUCIÓN DE SENTENCIAS

Defensa Pública: ABG. REGINA LAYA

Corresponde a este Tribunal de Ejecución, emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud interpuesta por la ciudadana MARIALYS JOSEFINA LISTA BRITO, en fecha 15-02-2013, en relación a la extensión de sus presentaciones, impuestas el día 10-12-2010, cuando este Juzgado acordó a la prenombrada imputada la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA.

Ahora bien, de la revisión efectuada en la presente causa, se constata que en fecha 14-10-2009, fue condenada la imputada de marras, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, con sede en Los Teques, por la comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 del Código Penal, y a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y TRES (03) MESES DE PRISIÓN; apreciando esta Juzgadora, de la lectura de las actas procesales, que en data 10-12-2010, este Juzgado acordó a la prenombrada imputada la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, imponiéndole presentaciones cada quince(15) días, en consecuencia esta Juez de Ejecución, considere procedente y ajustado a derecho la solicitud realizada por la penada MARIALYS JOSEFINA LISTA BRITO, en la cual señala que por cumplir con dichas presentaciones, se le dificulta cumplir con su jornada laboral, en consecuencia se ACUERDA LA EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES, impuestas el día 10-12-2010, cuando este Juzgado acordó a la prenombrada imputada la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la ciudadana MARIALYS JOSEFINA LISTA BRITO; por lo cual se extiende a un lapso de cada treinta (30) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Sede; de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA EXTENSIÓN DE LAS PRESENTACIONES IMPUESTAS a la ciudadana MARIALYS JOSEFINA LISTA BRITO; cada treinta (30) días ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Sede; de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de la presente decisión. Notifíquese a las partes y líbrese el correspondiente oficio a la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Sede.
LA JUEZ TERCERA DE EJECUCIÓN,


ABG. JACQUELINE MARÍN DE SOTO.


LA SECRETARIA

ABG. ANA CAPOTE CALERO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede.-

LA SECRETARIA

ABG. ANA CAPOTE CALERO






3E-115-10