REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, 17 de Julio de 2013
203º y 154º

Vista la DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; presentada por el ciudadano JUAN CARLOS LANDER PARUTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.228.454, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.167, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos MERCEDES MARIA LANDER MEDINA, GLADYS MARIA LANDER MEDINA, MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA, JOSE ANGEL LANDER PARUTA Y ANA MARIA PARUTA, venezolanos , mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cedulas de identidad números, V-262.933, V-259.186, V-4.213.108, V-3.955.713, V-3.955.712 y V-8.236.532, respectivamente, mediante la cual solicita se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los De Cujus EMILIO HORACIO LANDER FERNANDEZ y JOSEFINA PARUTA DE LANDER, quienes fallecieron Ab-intestato, en fechas 13 de Diciembre de 1991 y 13 de Enero de 1998 respectivamente, sin perjuicio de terceros de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
I
En fecha 31 de Mayo de 2013, mediante auto dictado por el Tribunal se admite y se libró Cartel de Notificación a los herederos desconocidos de los De Cujus EMILIO HORACIO LANDER FERNANDEZ y JOSEFINA PARUTA DE LANDER.
En fecha 10 de Junio de 2013, comparecio ante este Tribunal el Abogado JUAN CARLOS LANDER, actuando en nombre propio y como apoderado Judicial de los solicitantes, inscrito en el Inpreabogado Nro. 46.167 a los fines, retirar carteles de notificación para ser publicados.
En fecha 19 de Junio de 2013 compareció el Abogado JUAN CARLOS LANDER, actuando en nombre propio y como apoderado Judicial de los solicitantes, inscrito en el Inpreabogado Nro. 46.167 a los fines de consignar dos (2) ejemplares de carteles de notificación publicados en el Diario LA VOZ en fecha 12 de Junio del año 2013 y del Diario ULTIMAS NOTICIAS en fecha 12 de Junio del 2013.

En fecha 15 de Julio de 2013 se Aboco la Jueza LISETH CAROLINA MORA VILLAFAÑE.
En fecha 15 de Julio de 2013, compareció una ciudadana que dijo ser y llamarse LUISA ANGELICA SILVA DE MATA, de 62 años de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil Casada, de profesión u oficio: Del hogar, con domicilio en: Avenida el Ejercito, Urbanización la Estancia II, Casa Nro .27, Barcelona Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.685.536, en calidad de testigo.
En fecha 15 de Julio de 2013, compareció un ciudadano que dijo ser y llamarse ANTONIO MARIA MATA BELTRAN, de 63 años de edad, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Productor Agropecuario, con domicilio en: Avenida El Ejercito, Urbanización la Estancia II, casa Nro. 27, Barcelona Estado Anzoátegui, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.686.962, en calidad de testigo.
II
Hecho el resumen de las actuaciones del presente caso, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir previas las consideraciones siguientes:
Examinadas las actas procesales, observa el Tribunal que el solicitante acompaño los siguientes instrumentos:
1) Copia simple del poder y recaudos anexos al mismo, otorgado al ciudadano JUAN CARLOS LANDER PARUTA por las ciudadanas MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA y ANA MARIA PARUTA, debidamente protocolizado por ante la Notaria Segunda de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, de fecha 05 -02-2013, bajo el Nro. 013, Tomo 005, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria.
2) Copia simple del poder y recaudos anexos al mismo, otorgado al ciudadano JUAN CARLOS LANDER PARUTA por los ciudadanos MERCEDES MARIA LANDER MEDINA, GLADYS MARIA LANDER MEDINA y JOSE ANGEL LANDER PARUTA, debidamente protocolizado por ante la Notaria Segunda de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, de fecha 22 -05-2013, bajo el Nro. 042, Tomo 036, de los libros de autenticaciones llevados por esa notaria.
3) Copia Certificada del Acta de Defunción N° 307 de fecha 16 de Diciembre de 1991, del ciudadano EMILIO HORACIO LANDER FERNANDEZ, suscrita por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Plaza del Estado Miranda.-
4) Copia Certificada del Acta de Defunción N° 16 de fecha 14 de Enero de 1998, de la ciudadana JOSEFINA PARUTA DE LANDER, suscrita por la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo de Plaza del Estado Miranda.-
5) Copia Simple del Acta de Matrimonio de los ciudadanos HORACIO LANDER FERNANDEZ y JOSEFINA PARUTA, N° 102, de fecha 02 de Octubre de 1968, suscrita por el Juzgado Cuarto de Municipio del Distrito Sucre del Estado Miranda.-
6) Copia Simple del acta de nacimiento N° 653, del año 1949, de la ciudadana MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, suscrita por el Registrador Principal del Estado Anzoátegui.
7) Copia Simple del acta de nacimiento N° 355, de fecha 10 de Abril de 1956, de la ciudadana BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA, suscrita por el Registrador Principal del Estado Anzoátegui.
8) Copia Certificada del acta de nacimiento N° 373, de fecha 11 de Abril de 1956, del ciudadano JOSE ANGEL LANDER PARUTA, suscrita por la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui.
9) Copia simple y posteriormente la Certificada del acta de nacimiento N° 687, de fecha 03 de Octubre de 1968, del ciudadano JUAN CARLOS LANDER PARUTA, suscrita por la Primera Autoridad civil del Municipio Leoncio Martínez, Distrito Sucre del Estado Miranda.
10) Copia simple de los datos filiatorios de la ciudadana MERCEDES MARIA LANDER MEDINA, expedidos por la ONIDEX, de fecha 02 -09-2005, Nro. 25974.
11) Copia Simple de los datos filiatorios de la ciudadana GLADYS MARIA LANDER MEDINA DE PISANI, de fecha 02-09-2005, Expedidos por la ONIDEX, Nro. 25975.
12) Copia Simple del acta de nacimiento N° 97, de fecha 04 de Febrero de 1967, de la ciudadana ANA MARIA PARUTA, suscrita por el Registrador Principal del Estado Anzoátegui.
13) Copias Simples de las Cédulas de Identidad del solicitante y de los De Cujus insertas en los folios del Nro 35 al 43.

Los solicitantes propusieron se evacuaran las testimoniales juradas de los testigos que fueron indicados.- En consecuencia, en fecha 15 de Julio de 2013, comparecieron por ante este Tribunal, los ciudadanos LUISA ANGELICA SILVA DE MATA y ANTONIO MARIA MATA BELTRAN, quienes rindieron declaración en la presente solicitud.- En tal sentido, el Tribunal le otorga pleno valor probatorio, a tenor de lo dispuesto en el articulo 1.392 del Código Civil. ASÍ SE DECIDE.-
Mediante los anteriores documentos los solicitantes demuestran, entre otras cosas, el fallecimiento de los ciudadanos: EMILIO HORACIO LANDER FERNANDEZ Y JOSEFINA PARUTA DE LANDER, así como el Vínculo de Filiación que existe entre los De Cujus y los ciudadanos : JUAN CARLOS LANDER PARUTA, MERCEDES MARIA LANDER MEDINA, GLADYS MARIA LANDER MEDINA, MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA, JOSE ANGEL LANDER PARUTA Y ANA MARIA PARUTA, en su condición de hijos de los causantes. Por todo lo antes expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Órgano Jurisdiccional debe declarar:
A los ciudadanos: JUAN CARLOS LANDER PARUTA, MERCEDES MARIA LANDER MEDINA, GLADYS MARIA LANDER MEDINA, MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA y JOSE ANGEL LANDER PARUTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros V-8.228.454, V-262.933, V-259.186, V-4.213.108, V-3.955.713 y V-3.955.712, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus EMILIO HORACIO LANDER FERNANDEZ, antes identificado. ASÍ SE DECIDE.-
Y a los ciudadanos: JUAN CARLOS LANDER PARUTA, MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA, JOSE ANGEL LANDER PARUTA Y ANA MARIA PARUTA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros V-8.228.454, V-4.213.108, V-3.955.713, V-3.955.712 y V-8.236.532, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus JOSEFINA PARUTA DE LANDER antes identificada. ASÍ SE DECIDE.-

DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción del Estado Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus EMILIO HORACIO LANDER FERNANDEZ, quien en vida fuera venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nros. V-464.379 y quien falleció Ab-intestato, en fecha 13 de Diciembre del 1991, en su condición de hijos, a los ciudadanos: JUAN CARLOS LANDER PARUTA, MERCEDES MARIA LANDER MEDINA, GLADYS MARIA LANDER MEDINA, MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA y JOSE ANGEL LANDER PARUTA y ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus JOSEFINA PARUTA DE LANDER, quien en vida fuera venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nros. V-486.303 y quien falleció Ab-intestato, en fecha 13 de Enero del 1998, en su condición de hijos, a los ciudadanos: JUAN CARLOS LANDER PARUTA, MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA, JOSE ANGEL LANDER PARUTA Y ANA MARIA PARUTA, ampliamente identificados. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias previa certificación en actas por secretaría. Cúmplase.-
LA JUEZA PROVISORIA,


Abg. LISETH CAROLINA MORA VILLAFAÑE
LA SECRETARIA,


Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON
LCMV/MGR/Sym.
EXP: 139-13.




En fecha______________________, se devuelven las presentes actuaciones en _____________ ( ) folios útiles a la parte interesada.-









Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON, Secretaria del Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, quien suscribe: CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacto de sus originales, y corresponden al Expediente N° 139-13, contentivo de la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, efectuada por los ciudadanos JUAN CARLOS LANDER PARUTA, MERCEDES MARIA LANDERMEDINA, GLADYS MARIA LANDER MEDINA, MORAVIA DEL VALLE LANDER PARUTA, BETZAIDA DEL VALLE LANDER PARUTA, JOSE ANGEL LANDER PARUTA Y ANA MARIA. Certificación que se expide de conformidad con la Ley. Guatire, 17 de Julio de 2013.- Años: 203° y 154°
LA SECRETARIA,

Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON



EXP:139-13.
MGR/sym.