REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PÁEZ Y PEDRO GUAL







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Río Chico, 23 de Julio de 2013
203º y 154º

Visto y revisados los instrumentos legales que acompañan la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, actuando de conformidad con lo estipulado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano LUIS MAURICIO TRAVIESO HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de estado civil soltero y titular de la cédula de identidad número V-11.483.695, sobre unas bienhechurías asentadas sobre una parcela de terreno de su propiedad, según consta de documento registrado por ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías- Registro Público de los Municipios Páez, Andrés Bello y Pedro Gual del Estado Bolivariano de Miranda en fecha 27 de Junio de 2013, bajo el N° 2013-542, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado 233.13.6.1.2634 del Libro del Folio Real, la cual se encuentra ubicada en el Sector Santa Ana, Calle Santa Eduvigis, Lote B-9, competencia territorial del Municipio Páez del Estado Bolivariano de Miranda, la cual posee una superficie de terreno de DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (267,00 mts2 ) y un área de construcción de CIENTO SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DIECISEIS CENTÍMETROS (178,16mts2), cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente y quedan registradas en la División de Catastro de dicho Municipio bajo el Número 15-04-01-U00-011-000-000-000-000-000, según folio 12 que corresponde al Informe de Inspección anexo a la presente solicitud. Devuélvanse en originales las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas. Se ordena dejar constancia en el libro diario y copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en el archivo de este Juzgado. Es Todo. Cúmplase. -

EL JUEZ,

EMERSON LUIS MORO PEREZ

LA SECRETARIA,

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE
E.L.M.P/m.a.p.b/n.m
Solicitud: Titulo Supletorio de Propiedad Nº 2013-154