REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA




San Antonio de Los Altos, 4 de julio de 2013
203° y 154°



Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por el ciudadano RAMÓN ANTONIO CRUELLS MARTINEZ, asistido por la abogada Erika Betzabe Portillo Flores, inscrita en el Inpreabogado bajo el NRO 81.868; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos RAMÓN ANTONIO CRUELLS MARTINEZ, MARÍA ANGELA CRUELLS DE CAPELL y TAILEN ANGELICA CRUELLS, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 12.160.763, 11.230.592 Y 15.713.644, en su orden, en su carácter de causahabientes quienes son hijos del causante, ciudadano RAMÓN CRUELLS JOVE, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-992.189 y quien falleció en fecha dos (2) de febrero de dos mil trece (2013), tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 120, de fecha 04/02/2013 emitida por la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, del Municipio Libertador; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR


EL SECRETARIO TITULAR
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ


MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ





Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO





Expediente N°: S-2013-129
LCH / mmi