REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 09 de Julio de 2013
203º y 154º
Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente causa, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue la JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS ALTAMIRA, contra la ciudadana EILEN MERCEDES ROCHA GARRIDO, se observa que desde el día 03 de Mayo del año 2013, fecha en que se le dio entrada en el Libro de Causas quedando anotada bajo el Nº 1955/2013, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la parte actora haya consignado los documentos fundamentales para que este Juzgado se pronunciase sobre la admisibilidad, en consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la presente causa y ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA
ABG. JENNY GAMEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA
ABG. JENNY GAMEZ
EXP. Nº 1955/2013
JVA/jg/mg.-