COMISION 892/2013
En el día de hoy, Treinta (30) de Julio de 2013, siendo las diez de la mañana (10:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la práctica del Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, decretado por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, hasta cubrir la cantidad de “OCHENTA Y UN MIL TREINTA Y UN BOLÍVARES CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 81.031,29), cantidad que comprende los siguientes rubros: 1) SETENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 77.172,66) que es el doble de la suma por la cual se sigue la ejecución, esta es la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 38.586,33); 2) TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 3.858,63), por concepto de costas procesales calculadas en un diez (10%) por ciento del valor de las cantidades demandadas, ya incluida en la suma anterior. Asimismo, si la medida decretada recayere sobre cantidades líquidas de dinero, será hasta por la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 42.444,96)”, en referencia al juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue la ciudadana MARIELA CERVIÑO BARTOLI, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Caracas y titular de la cédula de Identidad Nro. V-6.518.547, contra el ciudadano JORGE MIGUEL SORATE MONASTERIOS, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Charallave y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.956.565. Seguidamente se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Lander, Independencia, Simon Bolívar y Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Ocumare del Tuy, a cargo de la Jueza Abg. NANCY ORTIZ MALAVE y su respectiva Secretaria Temporal Abg. MARÍA LOURDES GUAIQUERIANO; en la dirección indicada por la apoderada judicial de la parte actora, frente a un inmueble constituido por: un apartamento ubicado en la prolongación de la Avenida Ayacucho, Sector Buena Vista, Residencia Buena Vista, Torre “A”, Piso 6, apto. 64-A, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda. En compañía de la ciudadana AZALIA MARINA VILLASMIL ZAMBRANO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nro. 15.973, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, los funcionarios Policiales: Oficial Agregado y Oficial VIDAL ALFONSO CALZADILLA MALAVE y JHONATAN ALEXIS MORALES GUERRA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.892.343 y V-18.541.490, respectivamente, adscritos al Instituto de Policía del Estado Miranda (IAPEM), sede Santa Teresa del Tuy. Seguidamente se hizo el llamado respectivo en las puertas del inmueble ya descrito ut supra, no siendo respondido el mismo, a lo que se procedió a informar al ciudadano WILLIANS GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.195.054, quien se identifico como Conserje del Edificio donde se encuentra constituido éste Tribunal, al cual se le notificó la misión del Tribunal y quien nos indicó que el ciudadano JORGE MIGUEL SORATE MONASTERIOS, identificado ut Supra, no vive desde hace tiempo allí, pero que efectivamente ese apartamento es de él. Acto seguido se designa al ciudadano JORGE CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.151.117 como cerrajero, quien éste acto, acepta el cargo y se juramenta. Esta ejecutora ordena que se abra la puerta del inmueble señalado por la parte actora a fin de proceder a cumplir con el mandamiento de ejecución ordenado por el Tribunal Comitente Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Acto seguido ya encontrándonos ubicados dentro del inmueble, se designa al ciudadano ANTONIO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 17.447.780, como perito avaluador, quien encontrándose presente en este acto, acepta el cargo y se juramenta. En este momento se ordena al ciudadano perito designado identificado ut Supra, a levantar informe a los fines que nos deje constancia de los bienes encontrados y las condiciones del inmueble. COMISION 892/2013
En el día de hoy, Treinta (30) de Julio de 2013, siendo las diez de la mañana (10:00 am), oportunidad fijada para que tenga lugar la práctica del Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, decretado por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, hasta cubrir la cantidad de “OCHENTA Y UN MIL TREINTA Y UN BOLÍVARES CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 81.031,29), cantidad que comprende los siguientes rubros: 1) SETENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y DOS BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 77.172,66) que es el doble de la suma por la cual se sigue la ejecución, esta es la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 38.586,33); 2) TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SESENTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 3.858,63), por concepto de costas procesales calculadas en un diez (10%) por ciento del valor de las cantidades demandadas, ya incluida en la suma anterior. Asimismo, si la medida decretada recayere sobre cantidades líquidas de dinero, será hasta por la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 42.444,96)”, en referencia al juicio que por COBRO DE BOLÍVARES, sigue la ciudadana MARIELA CERVIÑO BARTOLI, venezolana, mayor de edad, domiciliada en Caracas y titular de la cédula de Identidad Nro. V-6.518.547, contra el ciudadano JORGE MIGUEL SORATE MONASTERIOS, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Charallave y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.956.565. Seguidamente se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Lander, Independencia, Simon Bolívar y Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Ocumare del Tuy, a cargo de la Jueza Abg. NANCY ORTIZ MALAVE y su respectiva Secretaria Temporal Abg. MARÍA LOURDES GUAIQUERIANO; en la dirección indicada por la apoderada judicial de la parte actora, frente a un inmueble constituido por: un apartamento ubicado en la prolongación de la Avenida Ayacucho, Sector Buena Vista, Residencia Buena Vista, Torre “A”, Piso 6, apto. 64-A, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia, Estado Miranda. En compañía de la ciudadana AZALIA MARINA VILLASMIL ZAMBRANO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nro. 15.973, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, los funcionarios Policiales: Oficial Agregado y Oficial VIDAL ALFONSO CALZADILLA MALAVE y JHONATAN ALEXIS MORALES GUERRA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.892.343 y V-18.541.490, respectivamente, adscritos al Instituto de Policía del Estado Miranda (IAPEM), sede Santa Teresa del Tuy. Seguidamente se hizo el llamado respectivo en las puertas del inmueble ya descrito ut supra, no siendo respondido el mismo, a lo que se procedió a informar al ciudadano WILLIANS GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.195.054, quien se identifico como Conserje del Edificio donde se encuentra constituido éste Tribunal, al cual se le notificó la misión del Tribunal y quien nos indicó que el ciudadano JORGE MIGUEL SORATE MONASTERIOS, identificado ut Supra, no vive desde hace tiempo allí, pero que efectivamente ese apartamento es de él. Acto seguido se designa al ciudadano JORGE CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.151.117 como cerrajero, quien éste acto, acepta el cargo y se juramenta. Esta ejecutora ordena que se abra la puerta del inmueble señalado por la parte actora a fin de proceder a cumplir con el mandamiento de ejecución ordenado por el Tribunal Comitente Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Acto seguido ya encontrándonos ubicados dentro del inmueble, se designa al ciudadano ANTONIO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 17.447.780, como perito avaluador, quien encontrándose presente en este acto, acepta el cargo y se juramenta. En este momento se ordena al ciudadano perito designado identificado ut Supra, a levantar informe a los fines que nos deje constancia de los bienes encontrados y las condiciones del inmueble. En este momento interviene la ciudadana apoderada de la parte actora identificada ut Supra, indicando que “Se deja constancia que el bien descrito para que sea objeto del embargo ejecutivo es el apartamento apto. 64-A, que este ha sido verificado y que si estamos constituidos en el mismo”. Seguidamente el perito designado nos indica que “Ya he realizado el informe solicitado, el cual consigno en éste momento”. Oída la exposición del ut Supra, se ordena agregarlo al acta levantada. Seguidamente este Tribunal Ejecutor visto el señalamiento de la apoderada Judicial de la parte actora ya identificada ut supra y la exposición del practico avaluador, verificado que coincide la descripción del bien inmueble objeto de la medida de Embargo Ejecutivo señalado por la parte actora y ratificado por el perito, este Tribunal Ejecutor procedió a Embargar de Manera Ejecutiva el bien antes señalado por la parte actora hasta por el monto descrito en el Despacho de Comisión signada bajo el Nro 892/2013, cuyo monto corresponde a (Ochenta y un mil treinta y uno bolívares con veinte y nueve céntimos, Bs.81.031,29),descrito en esta. El Práctico avaluador le asignó un valor aproximado de Doscientos mil bolívares con cero céntimos, el cual cubre la totalidad del monto a embargar, lo cual quedara a consideración del Tribunal Comitente el procedimiento correspondiente para su liquidación. Se ordena al cerrajero identificado ut Supra que realice el cambio de las cerradura del inmueble, quien realiza lo ordenado, entregando las llaves a esta ejecutora. Seguidamente este Tribunal Ejecutor deja el Bien embargado de manera ejecutiva en resguardo del Depositario judicial, ciudadano Yldemaro Lemus, quien es venezolano, mayor de edad, cedula de identidad Nro. V-4.951.591 representante de la Depositaria Judicial “Depósitos y Finanzas DEFICA, C.A.”, quien presente en el acto aceptó la designación y se juramento, este a su vez recibe las llaves del inmueble de manos de ésta ejecutora; así como encuentra conforme en el estado que se encuentra el bien embargado de manera ejecutiva. Acto seguido se dio por cumplida la medida de Embargo Ejecutivo decretada por el Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana. Asimismo, se ordena fijar Cartel de Embargo en las Puertas del Inmueble Siendo las Dos de la Tarde (02:00 P.m.), esta ejecutora ordena el regreso del tribunal a su sede. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.-=========
-----LA JUEZA
DRA. NANCY J. ORTIZ MALAVE
ABG. AZALIA MARINA VILLASMIL ZAMBRANO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
FUNCIONARIOS POLICIALES
ANTONIO JIMENEZ
PERITO AVALUADOR
JORGE CAMPOS
CERRAJERO
YLDEMARO LEMUS
DEPOSITARIO JUDICIAL
WILLIANS GARCIA
CONSERJE NOTIFICADO
ABG. MARÍA LOURDES GUAIQUERIANO
SECRETARIA TEMPORAL
C.C. N° 892/2013
NJOM/MLG/Rey
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