REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO



GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA SAN CRISTOBAL, OCHO DE JULIO DEL DOS MIL TRECE.
203º y 154º

Visto el escrito de contestación de la demanda, suscrito por la ciudadana MARTHA LUCIA TABORDA CLAVIJO, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.129.808, soltera, domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira, asistida por la abogada AIDA FABIANA REYES COLMENARES, titular de la cédula de identidad N° 9.380.594 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.808, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, parte demandada en el presente juicio, en el que plantean formal reconvención a la demanda y por cuanto se observa que el petitorio de la misma es materia que no compete a este Tribunal y tiene procedimientos que no pueden ser acumulados al proceso de Reconocimiento de Unión Concubinaria que aquí se ventila, es por lo que esta Juzgadora NIEGA su admisión. Así se decide.



REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA

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