JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, treinta de julio de dos mil trece.-
203º y 154º
Visto el desistimiento presentado por la ciudadana MARÍA VIRGINIA VERA DE VILLAMIZAR, con cédula de identidad No. V-10.173.959, asistida por el abogado JOSÉ CRISTÓBAL MEDINA PERNÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 168491, en la solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes, se HOMOLOGA conforme al 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por consumado el acto y se ordena proceder como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.
Así mimos se ordena el desglose de los folios 4 al 11, dejando en su lugar copia.
Una vez cumplido lo ordenado se acuerda archivar el expediente.
El Juez Temporal,


Juan José Molina Camacho
La Secretaria Temporal,



Andrea Estefanía Bernal Colmenares
En la misma fecha se dejo copia para el Archivo del Tribunal bajo el No. 382.