REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
203º y 154º
EXPEDIENTE: SPO1-L-2013-004
DEMANDANTE: FRANCISCO ERNESTO MOROS JUURGENSEN, titular de la Cédula de Identidad nro: V- 20.425.739.
APODERADO DEL ACTOR: MILAGROS BOHÓRQUEZ, ELIANA DE MAR VELÁSQUEZ, CARMEN ESCALANTE, YENNY VARGAS, JEAN CARLOS SAYAGO, RICHARD HERNANDEZ y EDUARDO CHAVEZ, inscritos bajo el IPSA Nros: 79.155, 67.369, 69.554, 97.951, 180.771, 111.036, 98.326 y 97.433.
DEMANDADO: FUNDACIÓN FONDO DE TRANSPORTE URBANO (FONTUR).
APODERADO DEL DEMANDADO: JORGE LUIS QUINTERO C., inscrito bajo el IPSA con el N°: 148.144.
MOTIVO: DIFERENCIA DEL BONO VACACIONAL.
En el día hábil de hoy, lunes 15 de Julio de 2013, se hizo presente en la sede del Tribunal ambas partes, quienes manifestaron que solicitaron en el día de hoy al Tribunal a apertura de la Audiencia Conciliatoria, y así se acordó para el día de hoy a las 11:30am, a los fines de aplicar los principios de la Constitución y de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido este Tribunal deja constancia de la presencia del trabajador y los abogados de ambas partes y en vista a la exposición realizada por ambas partes, en observancia a los principios de oralidad, brevedad, concentración, mediación y conciliación, que conforman el proceso laboral apertura la misma , dándose inicio a la Audiencia Conciliatoria se le concede el derecho de palabra a la demandada quien ofrece la suma por lo demandado y las prestaciones sociales un total de CINCUENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES BOLÍVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.50.783,62) y los cuales serán cancelados ante éste Tribunal en fecha 08-08-2013. En este momento se instó a la parte demandante a considerar la cantidad ofertada para darle fin al proceso y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho le corresponde al pago de lo demandado. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; se le otorgó el derecho de palabra a la parte actora quien manifiesta que acepta la propuesta realizada por la parte demandada, señala estar conforme con dicho monto del cual no restaría nada a deber por ningún concepto laboral existente de la relación de trabajo que sostuvo con la demandada, por ende este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se decide expedir 04 copias certificadas de la presente acta, y no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en acta su pago efectivo. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
LA JUEZ
DRA. YA LENA MORA
PARTE ACTORA.
Abog. De la parte actora.
EL DEMANDADO.
LA SECRETARIA.
Exp-2013-.004
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