REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 203° y 154°

ASUNTO Nº SP01-L-2013-000375

PARTE DEMANDANTE: IRMA ELENA TORRES CORONA, identificada con la cédula Nro.10.147.343

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: CARMEN LUCRECIA ESCALANTE, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.69.554

PARTE DEMANDA: YUDITH DEL CARMEN ROSALES HERNANDEZ, identificada con la cédula Nro.V-16.039.851

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FANNY DUNLLIN LIMA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.73.645

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, 31 de julio de 2013, a las 9:00 de la mañana, se hizo presente la parte demandante ciudadana IRMA ELENA TORRES CORONA, identificada con la cédula Nro.10.147.343, asistida por la abogada CARMEN ESCALANTE CORREA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.69.554 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada FANNY DUNLLIN LIMA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.73.645 quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos solicitaron al Tribunal se adelante la audiencia preliminar. El Tribunal en virtud a que tal petición es conforme al principio de acceso a la justicia, acuerda de conformidad con lo solicitado y acto seguido apertura la misma, en este estado: La parte demandada ofrece a la parte actora como diferencia de prestaciones sociales la suma de SEIS MIL BOLIVARES (Bs.6.000,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.44160010 de la cuenta corriente Nro.01750327860071947995 contra El Banco Bicentenario. Por su lado al parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas

La Parte Demandante, La Parte Demandada,


El Secretario,