REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda
Extensión Valles del Tuy
Ocumare del Tuy, 02 de julio de 2013
203º y 154º
AUTO DE APERTURA A JUICIO
ASUNTO: MJ21-P-2012-000020
IDENTIFICACION DEL TRIBUNAL
JUEZ: ABG. MARLENE CABRILES ALVARADO
SECRETARIO: ABG. MARIA ELENA DIAZ
IDENTIFICACION DE LAS PARTES
FISCAL: ABG. JESÚS CERMEÑO, Fiscal Aux. 27º del Ministerio Publico.
VICTIMA: ALBERTO DE JESÚS LÓPEZ MEZA (OCCISO)
ACUSADOS: JESUS MANUEL RODRIGUEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.856.986.-
DEFENSA: ABG. BETTY ESPINOZA, (Defensa Pública)
Celebrada como fuera Audiencia Preliminar en fecha 18-06-2013, conforme a lo establecido en el artículo 309 del código orgánico procesal penal, en el presente asunto seguido en contra del ciudadano JESUS MANUEL RODRIGUEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.856.986, corresponde a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, dar cumplimiento al contenido del artículo 314 ejusdem, en los siguientes términos:
Capitulo I
IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO
En el presente proceso quedó identificado el imputado como a continuación se describe: 1.- JESUS MANUEL RODRIGUEZ PEREZ, titular de la cedula de identidad V-17.856.986, de Nacionalidad: Venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 21/08/1987, de 25 años de edad, estado civil: Soltero, Profesión u Oficio indefinida, residenciado en: Cùa, Lomas de Santa Cruz, calle Nª 3, casa sin número, Municipio Rafael Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, hijo de Dilsia María Carrillo Quintero (V) y de José Elías Castro (V).-
Capítulo II
RELACIÒN CLARA, PRECISA
Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS
Los hechos objeto del presente proceso quedaron plasmados en el escrito acusatorio presentado por el representante fiscal, de la siguiente manera:
“…En fecha 13 de febrero de 2011, siendo las 11.45 horas de la mañana, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub Delegación Ocumare del Tuy, dieron la apertura de la investigación penal, signada con el Nº 15-F07-276-11-F y I-718.754, en virtud de haber recibido llamada telefónica por parte del Comisario Juan Ricardo Prieto, adscrito al Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, informando que en la Calle de la Urbanización Ciudad Hermosa de Nueva Cúa, Municipio Rafael Urdaneta, Estado Miranda, se encontraba una persona de sexo masculino, sin signos vitales, presentando heridas por el paso de proyectiles, disparados por arma de fuego. Así mismo informó que el mismo hecho resultó lesionada otra persona la cual fue trasladada al hospital DR. Osío de Cúa, quien se encontraba recluida en ese centro asistencial, motivo por el cual realizaron las primeras pesquisas, constatando los funcionarios que efectivamente en plena vía pública yacía en el pavimento al lado de la acera, el cuerpo inerte de una persona de sexo masculino en posición de cúbito dorsal, apreciando un orificio pequeño en forma semicircular en la región frontal izquierda. Asimismo, fueron localizadas expandidas cuatro (04) conchas de balas de color amarillo, calibre 9mm, marca Cavin. Debido a la información recibida por parte de varios vecinos de la mencionada urbanización, se tuvo conocimiento que en el referido domicilio se celebraba una fiesta hasta altas horas de la madrugada y que luego de haber culminado dicha fiesta se escucharon varios disparos y los mismos vecinos señalaron como presuntos autores de los hechos a los sujetos conocidos en el sector de los Bloques de Nueva Cúa como “Freddy Hernández”, “El Churro”, “EL Portu” y otros ciudadanos, quienes le ocasionaron la muerte al hoy occiso cuando salió en defensa del ciudadano a quien le causaron las lesiones graves, momento en que interviene en una discusión entre ellos y una ciudadana excuñada de Freddy Hernández, lo cual arrojó como consecuencia el resultado ya conocido.”
CALIFICACIÒN JURÌDICA PROVISIONAL
Realizado un análisis las condiciones de modo, tiempo y lugar de los hechos objeto del presente proceso, esta Juzgadora observa que la conducta desplegada por el hoy imputado se subsume dentro del tipo penal señalado en el articulo 406 numeral 1º, en concordancia con el artículo 83, ambos del Código Penal, referente HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA, acogiendo de esta manera la calificación jurídica propuesta por el representante del Ministerio Público en su escrito acusatorio; ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 numeral 2 de la norma adjetiva penal vigente, y así se declara.
Capítulo III
PRUEBAS ADMITIDAS Y ESTIPULACIONES REALIZADAS
POR LAS PARTES
Una vez verificada la licitud, necesidad y pertinencia, de las pruebas promovidas por las partes para ser evacuadas en el curso de la audiencia del juicio oral, corresponde a este Tribunal pronunciarse respecto a la admisión o no de las mismas, en consecuencia, se admiten en su totalidad las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal; por haber sido obtenidas de forma lícita, y por ser útiles, pertinentes y necesarias en relación con los hechos objeto del proceso; a saber:
PRUEBAS TESTIMONIALES:
1.- EXPERTOS y FUNCIONARIOS ACTUANTES:
1.- INSPECTOR JEFE GREE IZAGUIRRE (JEFE DE BRIGADA DE HOMICIDIO) adscrito a la sub delegación Ocumare del Tuy, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.-
2.- AGENTE LUIS MORGADO (INVESTIGADOR) adscrito a la sub delegación Ocumare del Tuy, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.-
3.- AGENTE REYES RICHARD (TECNICO) adscrito a la sub delegación Ocumare del Tuy, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.-
4.- SUB-INSPECTOR DUQUE GERMAN adscrito a la División de Lofoscopia, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.-
5.- AGENTE RONALD CONTRERAS adscrito a la División de Lofoscopia, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas.-
6.- DRA. ELSA RIVAS, Médico Anatomopatóloga Forense, adscrita a la Medicatura Forense de Los Teques, estado Miranda.
7.- JOSE LUIS RIVAS, JEFE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS
8.- SUB-INSPECTOR ORLANDO OMAÑA, ADSCRITO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA BRIGADA CONTRA LA DELINCUANCIA ORGANIZADA DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICIA DEL ESTADO MIRANDA.
9.- INSPECTOR JEFE JESÚS GONZALEZ, Policía del Estado Miranda.-
10.- AGENTE JARZINHO OROPEZA, Policía del Estado Miranda.-
11.- CESAR GOMEZ, Policía del Estado Miranda.-
12.- SUB. INSPECTOR GERMAN DUQUE, Policía del Estado Miranda.-
13.- RONALD CONTRERAS, Policía del Estado Miranda.-
TESTIMONIALES:
1.- JUAN EVANGELISTA LOPEZ, titular de la Cédula de identidad V-5.582.949.
2.- REGULO ANTONIO CAÑATE BAUTISTA, titular de la Cédula de identidad V-16.401.392.
3.- ENMANUEL JOSE MARAIMA HERRERA, titular de la Cédula de identidad V-19.841.645.
4.- MILANGELA MILAGROS HERNANDEZ USECHE, titular de la Cédula de identidad V-20.492.447.
5.- AMPARO VERGARA TRUJILLO, titular de la cédula de identidad V-24.723.426.
6.- ESTHER HERRERA PERDOMO, titular de la cédula de identidad V-15.842.882.
7.- CARLOS EMIRO VENTE, titular de la cédula de identidad V-23.234.472.
8.- NANCY YANNIRE VARELA PULGAR, titular de la cedula de identidad V-16.681.678.
9.- DIANA CAROLINA SALCEDO MARTINEZ, titular de la Cédula de identidad V-17.426.050.
10.- ELEDIA MARLENES FUENTES PEÑA, titular de la cédula de identidad V-13.137.729.
11.- ISMEILER YORGELINA LUZARDO GOMEZ, titular de la cédula de identidad V-17.078.237.
12.- LEYDA FELICIA FUENTES PEÑA, titular de la Cédula de identidad V-14.485.457.
13.- JHON ENRIQUE RONDON RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad V-17.286.051.
14.- JOSE GREGORIO MELENDEZ ESCALA, titular de la cédula de identidad V-21.014.360.
15.- SIXTA BEOMON CORDERO, titular de la cédula de identidad V-3.000.106.
16.- JOSE ANTONIO GOMEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad V-17.751.278.
17.- CESAR ALEJANDRO VALDEZ ALVAREZ, titular de la cédula de identidad V-19.397.758.
3.-PRUEBAS DOCUMENTALES:
1.- INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 337, DE FECHA 13-02-2011, practicada por los funcionarios Inspector Jefe GREE IZAGUIRRE (JEFE DE LA BRIGADA DE HOMICIDIO) Agente LUIS MORGADO (INVESTIGADOR) y Agente REYES RICHARD (TECNICO), adscritos a la sub delegación Ocumare del Tuy, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, en el NUEVA CUA, URBANIZACION CIUADAD HERMOSA, TERRAZA 03, CALLE 01, VIA PUBLICA, CUA, MUNICIPIO RAFAEL URDANETA ESTADO MIRANDA.
2.- INSPECCIÓN TÉCNICA Nº 338, DE FECHA 13-02-2011, practicada por los funcionarios Agente LUIS MORGADO (INVESTIGADOR) y Agente REYES RICHARD (TECNICO), adscritos a la sub delegación Ocumare del Tuy, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, en el DEPÓSITO DE CADÁVERES, OCUMARE DEL TUY, MUNICIPIO TOMAS LANDER, ESTADO MIRANDA.
3.- ACTA DE EXPERTICIA DE FECHA 15-04-2011, practicada por los funcionarios SUB-INSPECTOR DUQUE GERMAN y AGENTE RONALD CONTRERAS, adscritos a la División de Lofoscopia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, realizada a la Planilla R9.-
4.- ACTA DE PROTOCOLO DE AUTOPSIA Nº 226-11, PRACTICADO EL 20 DE JUNIO DE 2011, por la DRA. ELSA RIVAS, Médico Anatomopatóloga Forense, adscrita a la Medicatura Forense de Los Teques, estado Miranda.
Se deja constancia que no hubo estipulaciones entre las partes.
De igual forma no se admiten los Documentos referidos a las Actas Policiales y la Entrevistas realizadas a los testigos, por cuanto la finalidad del Proceso del Juicio Oral y Público es la búsqueda de la verdad y el mismo tiene carácter contradictorio entre las partes.-
Capítulo IV
DE LA MEDIDA DE COERCIÒN PERSONAL
Se ratifica la medida cautelar sustitutiva a la libertad acordada en fecha 14/03/2013 por este Juzgado y asimismo este Tribunal considera pertinente y ajustado a derecho SUSTITUIR la prevista en el numeral 8 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta al ciudadano Jesús Manuel Rodríguez Pérez, de cien (100) unidades Tributarias a SESENTA (60) UNIDADES TRIBUTARIAS CADA FIADOR y así se declara.
Capítulo V
ORDEN DE ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Admitida como fuera la acusación presentada por parte del Fiscal del Ministerio Público, en contra del acusado JESUS MANUEL RODRIGUEZ PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-17.856.986, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, ordena ABRIR EL JUICIO ORAL Y PUBLICO respectivo, por su presunta responsabilidad en la comisión de los delitos especificados en el Capitulo II del presente auto.
Capítulo VII
EMPLAZAMIENTO DE LAS PARTES y ORDEN DE REMISIÓN
DEL PRESENTE ASUNTO AL TRIBUNAL COMPETENTE
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días, concurran ante el Tribunal de Juicio a quien, previa distribución realizada por la Unidad Recepción y Distribución de Documentos (URDD), corresponda el conocimiento de la presente causa.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE la acusación presentada por el representante del Ministerio Público en contra del ciudadano JESUS MANUEL RODRIGUEZ PEREZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1º, en concordancia con el artículo 83, ambos del Código Penal, por cumplir ésta con los requisitos formales señalados en el artículo 308 del código orgánico procesal penal; ello de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 2, ejusdem. SEGUNDO: Se ADMITEN PARCIALMENTE los medios de prueba testimoniales y documentales ofrecidos por el representante fiscal en su escrito acusatorio, a excepción de los documentos referidos a las actas policiales y las entrevistas realizadas a los testigos y victimas inserta en los folios 315 al 317 de la primera pieza del expediente, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 9 del código orgánico procesal penal, por cuanto la finalidad del Proceso del Juicio Oral y Público es la búsqueda de la verdad y el mismo tiene carácter contradictorio entre las partes.-TERCERO: Se deja constancia que la defensa técnica del acusado se adhirió en este acto al principio de comunidad de la prueba, por cuanto la misma no presentó Escritos de Excepciones. CUARTO: Se ratifica la medida cautelar sustitutiva a la libertad acordada en fecha 14/03/2013 por este Juzgado y asimismo este Tribunal considera pertinente y ajustado a derecho MODIFICAR la prevista en el numeral 8 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, impuesta al ciudadano Jesús Manuel Rodríguez Pérez, de cien (100) unidades Tributarias a SESENTA (60) UNIDADES TRIBUTARIAS CADA FIADOR QUINTO: Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 314 numeral 4, del código orgánico procesal penal, ordena abrir el respectivo JUICIO ORAL Y PUBLICO, por lo que se insta a las partes a acudir ante el Tribunal de Juicio correspondiente, en un plazo común de cinco (5) días.
Así mismo, se instruye a la ciudadana secretaria de este Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda, Extensión Valles del Tuy, a los fines de remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) a los fines de su distribución en el Tribunal de Juicio respectivo, notifíquese a las partes y líbrese Oficio de remisión.-.
LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,
ABG. MARLENE CABRILES ALVARADO
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ELENA DIAZ
Seguidamente se dio cumplimiento a lo aquí ordenado.
LA SECRETARIA
ABG. MARIA ELENA DIAZ
ASUNTO: MJ21-P-2012-000020