REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Valles del Tuy
202º y 153º


ASUNTO PRINCIPAL : MJ21-P-2012-000003


ACTA DE CONTINUACIÓN DE
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO


TRIBUNAL:

JUEZ: JOSE ARGENIS MORENO GONZALEZ
Tribunal Primero de Juicio.

SECRETARIAO: YAJAIRA CHOURIO

PARTES:

FISCAL: FISCAL 27º MINISTERIO PÚBLICO,
DRA. ZORAIDA MOLINA.
DR. JESUS ALBERTO CERMEÑO

ACUSADO: ROBERTO DAVID AYALA CARRILLO,
titular de la cédula de identidad V- 12.784.777
JOSÉ OMAR LABRADOR ROSALES,
titular de la cédula de identidad Nº V- 9.355.874
LUZ MARISELA JAIMES,
titular de la cédula de identidad Nº V- 10.782.352


DEFENSA: MARCO TORREALBA (Defensa Privada)
TANIA CAROLINA ANGULO (Defensor Privado)
BARNEY DURAN (Defensor Privado)


DELITOS: COMPLICE EN LA COMISION DEL DELITO DE SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con los numerales 6, 11, 12 y 16 del artículo 10 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en relación con el artículo 83 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionada en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada, ambos en grado de continuidad conforme al artículo 99 del Código Penal (Roberto David Ayala Carrillo) y COAUTOR EN LA COMISION DEL DELITO DE SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 3 en concordancia con los numerales 6, 11, 12 y 16 del artículo 10 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en relación con el artículo 83 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionada en el artículo 6 en concordancia con los numerales 5, 8, 12 y el parágrafo segundo en sus numerales 1 y 3 y el parágrafo tercero del artículo 16, concatenado con los artículos 17 y 18, todos de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada, en correlación con el artículo 83 del Código Penal y DETENTACIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO Y ARMA DE GUERRA, previsto y sancionada en los artículos 277 y 274 del Código Penal en relación con el artículo 83, todos los tipos penales en grado de continuidad de conformidad con lo establecido en el artículo 99 del Código Penal (José Omar Labrador Rosales y Luz Marisela Jaimes)


En el día de hoy, Viernes, Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece (2013), siendo las 01:35 horas de la tarde, oportunidad señalada por este Juzgado constituido para que tenga lugar el ACTO DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO, en contra de los acusados ROBERTO DAVID AYALA CARRILLO, JOSÉ OMAR LABRADOR ROSALES y LUZ MARISELA JAIMES. Acto seguido y a puertas abiertas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 316 del Código Orgánico Procesal Penal, dando cumplimiento a lo ordenado en el artículo 317 ejusdem, hizo acto de presencia el DR. JOSE ARGENIS MORENO GONZALEZ, en su condición de Juez Primero en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien solicitó a la Secretaria ABG. YAJAIRA CHOURIO, verificar la presencia de las partes, quien le informó que se encuentran presentes la Fiscal 27° Ministerio Público del Estado Miranda, DRA. ZORAIDA MOLINA, el Defensor Privado HUGO BARNEY DURÁN, así como los acusados ROBERTO DAVID AYALA CARRILLO, JOSÉ OMAR LABRADOR ROSALES, previo traslado del Centro Penitenciario Región Capital Yare III y la acusada LUZ MARISELA JAIMES, previo traslado del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF). Acto seguido se advirtió a las partes y público presente de la importancia de este acto y del deber en que se encuentran de mantener la compostura durante el desarrollo del juicio, a las partes les advirtió que deben litigar de buena fe y sin temeridad, al acusado que debe permanecer en la sala no ausentándose de la misma sin autorización del Tribunal, y que pueden comunicarse con sus defensores las veces que lo deseen, sin que estén declarando, así mismo el Juez del Tribunal, procedió a resumir brevemente, de conformidad con el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, los actos cumplidos con anterioridad. Así mismo se le informó a los acusados que puede declarar en todos los actos, antes, o después de la recepción de cada una de las pruebas, previa solicitud al Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal; acto seguido se le concede la palabra al acusado ROBERTO DAVID AYALA CARRILLO, quien manifestó lo siguiente: “NO DESEO DECLARAR EN ESTE MOMENTO”. Acto seguido se le concede la palabra a la acusada LUZ MARISELA JAIMES, quien manifestó lo siguiente: “NO DESEO DECLARAR EN ESTE MOMENTO”. Acto seguido se le concede la palabra al acusado JOSÉ OMAR LABRADOR ROSALES, quien manifestó lo siguiente: “NO DESEO DECLARAR EN ESTE MOMENTO”. Luego de conformidad con el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, se procedió a continuar con la etapa de RECEPCION DE LAS PRUEBAS, por lo que se instó a la Secretaria para que a través del Alguacil de sala verificara la presencia de algún medio de prueba ofrecido por las partes, dejándose constancia que indicando que si, se encuentra presente medios de pruebas. Acto seguido se advirtió a las partes y público presente de la importancia de este acto y del deber en que se encuentran de mantener la compostura durante el desarrollo del juicio, a las partes les advirtió que deben litigar de buena fe y sin temeridad, a los acusados que deben permanecer en la sala no ausentándose de la misma sin autorización del Tribunal, y que pueden comunicarse con su defensor las veces que lo deseen, sin que estén declarando, así mismo el Juez del Tribunal, procedió a resumir brevemente, de conformidad con el artículo 336 del Código Orgánico Procesal Penal, los actos cumplidos con anterioridad. Acto seguido se procedió a otorgar el derecho de palabra al acusado para que manifieste su voluntad de declarar o negarse a ello sin que su silencio lo perjudique, se le explicó nuevamente con palabras claras y sencillas del hecho que se le atribuye y se le advirtió que puede abstenerse de declarar, sin que su silencio lo perjudique y que el debate continuará aunque no declare, se le permitirá que manifieste libremente cuanto tenga por conveniente sobre la acusación y ser interrogado posteriormente, por el Fiscal del Ministerio Público, el defensor y el Tribunal, en ese mismo orden. Así mismo se le informó al acusado que puede declarar en todos los actos, antes, o después de la recepción de cada una de las pruebas, previa solicitud al Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto seguido se verificó sobre la designación de Defensa Pública solicitada a favor del acusado ROBERTO DAVID AYALA CARRILLO, y en virtud que aún no se ha designado el mismo, se acuerda SUSPENDER el presente Juicio Oral y Público y fija nueva oportunidad para su CONTINUACION el día LUNES, VEINTINUEVE (29) DE JULIO DE DOS MIL TRECE (2013), A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA. En consecuencia se ordena librar Boleta de Traslado y citar a todas las personas llamadas a intervenir como expertos, testigos e intérpretes que constituyan los medios de prueba ofrecidos por la Fiscalía del Ministerio Público y por la defensa del Acusado, según sea el caso. Se ordena librar los oficios y las citaciones correspondientes. Quedan las partes presentes debidamente notificadas de lo aquí señalado. Se cierra la presente Acta siendo la 01:45 horas de la tarde, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ PRIMERO DE JUCIO


DR. JOSE ARGENIS MORENO GONZALEZ
LA FISCAL 27º MINISTERIO PÚBLICO


DRA. ZORAIDA MOLINA




EL DEFENSOR PRIVADO


DR. HUGO BARNEY DURÁN





ACUSADOS





ROBERTO DAVID AYALA CARRILLO,
titular de la cédula de identidad V- 12.784.777






JOSÉ OMAR LABRADOR ROSALES,
titular de la cédula de identidad Nº V- 9.355.874






LUZ MARISELA JAIMES,
titular de la cédula de identidad Nº V- 10.782.352






LA SECRETARIA DE SALA,


ABG. YAJAIRA CHOURIO






ASUNTO PRINCIPAL: MJ21-P-2012-000003
Acta audiencia de continuación de Juicio Oral y Público
Viernes, 12 de Julio de 2013