JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
LOS TEQUES.
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: 3561-13

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

PARTE ACTORA:

WILLIAMS JOSE ZAPATA QUEREIGUA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, cédula de identidad N° 15.713.930.

APODERADOS JUDICIALES: JUAN REYES LOZANO, JOSE HERRERA AGUILAR y YELITZA ZAPATA QUEREIGUA, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.387, 101.104 y 170.523, respectivamente, tal como consta en Poder Apud Acta cursante a los folios 27 y 28 del expediente, estando facultados expresamente para darse por citados, convenir, transigir, comprometer en árbitros, solicitar la decisión según la equidad, hacer posturas en remates, recibir cantidades de dinero, disponer del derecho en litigio y sustituir poder.

PARTE DEMANDADA:

- TÉCNICA MECÁNICA RAMÓN BRICEÑO, C.A.. inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda en fecha 17 de junio de 1991, bajo el N° 55, Tomo 110-A y cuya última modificación se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda en fecha 27 de agosto de 2001, bajo el N° 42, Tomo 164-A-Pro.

¬- PERGIS, C.A., inscrita originalmente por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda en fecha 17 de junio de 1964, bajo el N° 14, Tomo 19-A y cuya última modificación se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 14 de octubre de 2008, bajo el N° 30, Tomo 209-A.

- ENGRAIN, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 24 de abril de 1986, bajo el N° 29, Tomo 19-A. y cuya última modificación fue inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 25 de enero de 2006, bajo el N° 57, Tomo 1251-A.

- ENGRANA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 24 de abril de 1986, bajo el N° 80, Tomo 18-A., y cuya última reforma se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 02 de febrero de 2006, bajo el N° 1, Tomo 15-A.

- TÉCNICA MECÁNICA ADRIAN DA SILVA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 08 de diciembre de 2009, bajo el N° 24, Tomo 275-A.

APODERADOS JUDICIALES DE PERGIS, C.A., ENGRANIN, C.A., ENGRANA, C.A., TÉCNICA MECÁNICA ADRIAN SILVA, C.A. y TÉCNICA MECÁNICA RAMÓN BRICEÑO, C.A.: MARIANO RAMON RIVAS PALACIOS, JOSE ANGEL MONGE ABAACHE y VERA MARIANA VICENTE GOMEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 114.763, 114.282 y 78.237, respectivamente, tal como consta en Instrumento Poder cursante a los folios 112 al 116 y los anexos a la presente, estando facultados expresamente convenir en la demanda, desistir, transigir, comprometer en árbitros y hacer posturas en remates.

AUDIENCIA PRELIMINAR: Prolongación y Finalización: Inasistencia de la parte actora a la continuación de la audiencia preliminar.


En horas de despacho del día de hoy, 03 de julio de 2013, siendo las 10:00 a.m., oportunidad prevista para que tenga lugar la continuación de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento contentivo del cobro de prestaciones sociales interpuesto por el ciudadano WILLIAMS JOSE ZAPATA QUEREIGUA contra las Sociedades Mercantiles PERGIS, C.A., TÉCNICA MECÁNICA RAMÓN BRICEÑO, C.A., TÉCNICA MECÁNICA ADRIAN DA SILVA, C.A., ENGRANIN, C.A. y ENGRANA, C.A.., se anunció el acto a las puertas del Tribunal y la ciudadana ANNA MARIA FAVARETTO FERRARI, cédula N° 6.559.502, en representación de Pergis, C.A., Engrain, C.A. y Engrana, C.A. y el abogado MARIANO RAMON RIVAS PALACIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.763 en su carácter de apoderado judicial de Pergis, C.A., Técnica Mecánica Ramón Briceño, C.A., Técnica Mecánica Adrian Da Silva, C.A., Engranin, C.A. y Engrana, C.A. En este estado, se deja expresa constancia que la parte actora, no compareció a la celebración de la presente audiencia preliminar ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. Seguidamente la Juez, procedió a examinar el expediente a los fines de determinar que no haya habido violación del Derecho a la Defensa, de la Garantía Constitucional del Debido Proceso, de normas de Orden Público Procesal o del Principio de Irrenunciabilidad de los Derechos de Los Trabajadores, entendiendo el derecho a la defensa, la oportunidad de alegar, probar y recurrir dentro del proceso, observando la presente continuación de audiencia se fijó mediante acta de fecha 18 de junio de 2013, firmada personalmente por la representación judicial de la parte actora, razón por la cual, por consulta en el expediente por el principio de publicidad de los actos y por la asistencia a la anterior audiencia, la parte actora tenía conocimiento de la celebración de la presente audiencia por cuanto las partes se encuentran a derecho, no observando esta juzgadora en consecuencia que haya habido violación al derecho a la defensa, del debido proceso, de norma de orden público procesal o del principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, todos ellos consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, siendo que las partes tuvieron tiempo y oportunidad para hacerse presente en la presente audiencia. Razones por las cuales procede a dictar el dispositivo en los siguientes términos: “Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO por Prestaciones Sociales interpuesto por el ciudadano WILLIAM JOSE ZAPATA QUEREIGUA, en fecha 26 de marzo de 2013, contra la las Sociedades Mercantiles Pergis, C.A., Técnica Mecánica Ramón Briceño, C.A., Técnica Mecánica Adrian Da Silva, C.A., Engranin, C.A. y Engrana, C.A.”. Publíquese y Regístrese el texto íntegro de la presente acta en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques. De conformidad con lo señalado en el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena a la ciudadana Secretaria expedir copia certificada del acta contentiva de la presente audiencia. Dictada, sellada y firmada, en el Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día Miércoles, 03 de Julio de 2013. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación, siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.). Se declara concluida la presente audiencia, en virtud de la inasistencia de la parte actora. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


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CORINA RODRÍGUEZ SANTOS
LA JUEZ


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REPRESENTANTE DE PERGIS, C.A., ENGRANIN, C.A. y ENGRANA, C.A.


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APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


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SECRETARÍA


EXP. 3561-13
Crs*