REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 20 de junio de 2013
203º y 154º

Revisado el contenido de la diligencia que antecede, presentada por el abogado JUAN MOLINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 140.716, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos FELIX VALOY LAFONTT y MARIA RUTH SANTANDER DE LAFFONTT, parte actora en el procedimiento, mediante la cual solicita se oficie “al Departamento de refugios del Ministerio de Vivienda y Hábitat, a los fines de que la parte demandada ciudadano IRAN ANTONIO ALVARES SANCHEZ, venezolano mayor de edad, de cedula de identidad Nº V-5.596.165, se le asigne un refugio y haga entrega material del inmueble en cuestión” en consecuencia este Tribunal previa revisión de las actas procesales que anteceden, observa que el apoderado judicial de la parte actora consigno a los autos el día de ayer 19-06-2013, el exhorto remitido al Juzgado del Municipio Carrizal contentivo de las resultas de la notificación de la parte demandada. De lo que evidencia este Tribunal, que en la presente causa no se encuentra llenos los extremos de ley, para proceder a lo solicitado por el apoderado actor, este Tribunal niega la solicitud planteada en la referida diligencia, y así se establece.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,


Abg LESBIA MONCADA DE PICCA.




THA/LMdP/tb
Exp. Nº 10-8518