REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PLAZA

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LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PLAZA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 10054
Mediante escrito presentado en fecha catorce (14) de mayo del año dos mil trece (2013), por la ciudadana: TRINA MERCEDES LOVERA FLORES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portadora de la cédula de identidad Nro. V-3.477.771, debidamente asistido por la abogada en ejercicio YECENIA LAMUÑO, inscrita en el inpreabogado bajo el No.63.461, solicitó se le declare UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de cujus YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA a su favor, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.
DICE LA SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha 12-02-2013, falleció en la ciudad de Guarenas, Estado Miranda, la ciudadana YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA, portador de la cedula de identidad N° V-9.411.375.
2º) Acompaña a la solicitud en copias certificadas los siguientes documentos: acta de defunción de la de cujus YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA, acta de defunción del ciudadano JESUS GUILLERMO GONZALEZ DELGADO, partidas de nacimiento de la ciudadana: YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA.
El Tribunal mediante auto de fecha catorce (14) de mayo de dos mil trece (2013), admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos a la hora de las 09:30 am para el día 06-06-2013.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha 06 de junio del año dos mil trece (2013), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos: GISELA MARIA MORALES RODRIGUEZ, ANGELO STAGNO JAIMES y MARIA DE JESUS ALBURJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad N° V-11.488.750 , V-5.535.317 y V-11.032.376, respectivamente, quienes afirmaron que conocen a la solicitante, conocieron a la de cujus y le consta que la de cujus era hija de la solicitante y les consta la fecha del fallecimiento. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: acta de defunción de la de cujus YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA, acta de defunción del ciudadano JESUS GUILLERMO GONZALEZ DELGADO, partida de nacimiento de la ciudadana YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA, cuyos datos da por reproducidos este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento de la de cujus YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA y la filiación existente entre la de cujus y la ciudadana TRINA MERCEDES LOVERA FLORES, por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la de cujus YONIRA MERCEDES GONZALEZ LOVERA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana TRINA MERCEDES LOVERA FLORES, portadora de la cedulas de identidad No.V-3.477.771.-
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Guarenas, diecisiete (17) de junio de dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-


EL JUEZ,

Abg. WILMER HERNANDEZ OROPEZA
LA SECRETARIA,

Abg. CARMEN JANETH MARTINEZ
En fecha 17/06/2013, siendo las 10:30 AM., se publicó la anterior sentencia.-
En esta fecha 26/06/2013 se devuelve la presente actuaciones en diecisiete (17 ) folios útiles a la parte interesada.

LA SECRETARIA,

Abg. CARMEN JANETH MARTINEZ
SOLICITUD N° 10054
WHO/CJM/yv