LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PLAZA DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
EXPEDIENTE Nº 9986 (DIVORCIO 185-A)
Mediante escrito de fecha 04 de Abril de dos mil trece (2013) los ciudadanos ELIAS ANTONIO ESCOBAR URBINA y MARIA TERESA VOLCAN, venezolanos, mayores de edad, cónyuges de este domicilio, portadores de las cedulas de identidad Nros V-4.371.742 y V-5.144.642 respectivamente, asistidos por la ciudadana JUDITH M. ESCOBAR U., abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.392, solicitaron a este Tribunal la disolución del vínculo conyugal conforme al artículo 185-A del Código Civil.
Alegan los solicitantes que contrajeron matrimonio ante el Juzgado del Municipio Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 05/01/1985 y a los fines de demostrarlo consignan copia certificada de Acta Nº 1, la cual este Tribunal valora conforme al artículo 1357 del Código Civil, resulta con ello demostrado la existencia del vinculo conyugal.
Alegan igualmente que se ha producido una separación de hecho entre ellos desde el 10/01/2000, durante la unión matrimonial procrearon una (01) hija que lleva por nombre: ANUBBYS ELIMAR ESCOBAR VOLCAN, que para el momento de la solicitud es mayor de edad, se demostró con copias certificada de partida de nacimiento, y fijaron su último domicilio en el Conjunto Residencial La Guairita Edificio Pardillo, Piso 2, Apartamento 2E, Guarenas de la jurisdicción del Municipio Plaza del Estado Bolivariano de Miranda.
Admitida la solicitud en fecha 10/04/2013 y debidamente notificado el Ministerio Público, este no objetó la misma y estando verificada la ocurrencia de la separación por más de cinco (5) años, conforme lo exige el artículo 185-A del Código Civil, lo ajustado de derecho es acordar la disolución del vinculo conyugal.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PLAZA DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ELIAS ANTONIO ESCOBAR URBINA y MARIA TERESA VOLCAN, ambos identificados anteriormente y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 05/01/1985, ante el Juzgado del Municipio Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Ofíciese a la Unidad de Registro Civil Municipio Andrés Bello del Estado Miranda, todo de conformidad con ordinal 2 del artículo 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Guarenas, a los 03 días del mes de junio de dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.
EL JUEZ
Abg. WILMER HERNANDEZ OROPEZA LA SECRETARIA
Abg. CARMEN MARTINEZ
En fecha 03/06/2013, siendo la 11:15 A.M., se publicó la anterior sentencia.
LA SECRETARIA
Abg. CARMEN MARTINEZ
Exp. No. 9986
WHO/CJMV/ginddy
|