REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 17 de junio de 2013.
203º y 154º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos MARIA ISABEL ANAVE VELEZ y JOSE DE LAS MERCEDES ARAUJO GRATEROL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos: V-10.759.062 y V-10.914.782, respectivamente, de una bienhechuría construidas en una porción de terreno propiedad municipal que tiene un área aproximada de TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS (39,20 Mtrs.2) ubicado en: Comunidad Los Hidalgos parte baja escalera 4 casa No 33, Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción aproximada de CIENTO OCHENTA METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE DECIMETROS CUADRADOS (180,27Mtrs.2), que se obtiene de la sumatoria de las areas de cada planta, es decir, un sótano, planta baja, primer nivel, segundo nivel y azotea, según consta de autorización de fecha 10 de mayo del año 2013, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio, SHELLEY GIRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
La Juez Titular,


Dra. Liliana González González.

La Secretaria,


Abg. Beyram Díaz Martínez
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de trece (13) folios útiles.
La Secretaria,


Abg. Beyram Díaz Martínez
Cris/ ExP. Nº 2537-13
LGG/BDM.-