REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 17 de junio de 2013
203° y 154°

Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana GENOVEFFA COSTANZO DI LUCCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.580.292, debidamente asistida por el abogado José Ángel Ruiz, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.497; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana GENOVEFFA COSTANZO DI LUCCIA, antes identificada; en su carácter de causahabiente de la ciudadana FAFINA DE LUCCIA, quien en vida era de nacionalidad italiana, titular de la Cédula de Identidad N° E- 807.462, quien falleció en fecha 12 de abril de 2013, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 72, emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias, del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO

Expediente N°: S-2013-093
LCH / MMI / hep