JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diecinueve de junio de dos mil trece.
203° y 154°
Recibido por distribución. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho el escrito de PARTICIÓN AMISTOSA, presentado por los ciudadanos MIGUEL ROBERTO MELENDEZ Y GIOVANNI TERESA RODRIGUEZ DE MELENDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.020.272 y V-13.792.818, en su orden, asistido por la abogada Bilma Carrillo Moreno, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 129.288; de conformidad con lo solicitado y por encontrarse a derecho, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada, por los ciudadanos MIGUEL ROBERTO MELENDEZ Y GIOVANNI TERESA RODRIGUEZ DE MELENDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.020.272 y V-13.792.818, en su orden, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los mencionados ciudadanos, bajo la forma, términos y condiciones establecidas entre ellos. Así mismo se acuerda expedir copia certificada de la solicitud y del presente auto, a los fines de su protocolización en la oficina de Registro respectiva.-
El Juez temporal,
Juan José Molina Camacho
La Secretaria,
Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 7876 del libro respectivo, registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 314
Marilú
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