JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 03 de junio de 2013.
203º y 154º
Por recibido el presente expediente administrativo Nº 073/2013, junto con oficio Nº 119/2013, de fecha 20 de mayo de 2013, constante de un (01) folio útil y anexos en cuarenta y cinco (45) folios útiles, procedente del Consejo de Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes del Municipio Libertad del Estado Táchira; por cuanto se observa que ante este Tribunal cursa expediente signado con el Nº 2387-2013, que guarda relación con el expediente recibido, persigue el mismo fin y las partes que intervienen son las mismas en ambos procedimientos; este Tribunal en aplicación de lo previsto en los artículos 51 y 52 del Código de Procedimiento Civil, acuerda acumular el referido expediente a la presente causa; en tal virtud, fórmese un sólo expediente siguiendo un sólo procedimiento y que se encuentre signado con el Nº 2387/2013; y por cuanto de las actas remitidas, se evidencia que en fecha 04 de abril de 2013, los ciudadanos EDDY JOHANA PEÑALOZA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.698.377, domiciliada en el Barrio Los Hornos, Casa N° L-14, Municipio Libertad del Estado Táchira; y JORGE SMITH DIAZ FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.252.107, con domicilio en el Sector El Alto, carrera 3, casa N° 8-04, Municipio Libertad del Estado Táchira, suscribieron un acuerdo conciliatorio de fijación de manutención a favor de la niña ... Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACION dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a los ciudadanos EDDY JOHANA PEÑALOZA SÁNCHEZ y JORGE SMITH DIAZ FIGUEROA, del presente auto. Igualmente notifíquese al Fiscal XIII del Ministerio Público con competencia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial y líbrese oficio al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertad, participando de la presente homologación. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Líbrense boletas.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
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