REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.-

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR

En horas de despacho del día de hoy, viernes catorce (14) de Junio del año dos mil trece (2013), siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, (INICIO) en el presente procedimiento por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales interpuesto por el ciudadano; PETRA JOSEFINA FLORES PEREZ, contra la VIGILANTES UNION LOS TEQUES, C.A. (VIGILUNION-L/T).- Se anunció el acto a las puertas del Tribunal y compareció el ciudadano: GONZALEZ GONZALEZ ARNOLDO MATIAS, titular de la cédula de identidad N° V.-4.682.142, en su carácter de Vice- Presidente de la empresa accionada, lo cual cursan a los folios 23, 24,25 y 26, a los autos el carácter con que actúa, asistido del Profesional del derecho: TARCISIO E. MILANO PARRA, titular de la cédula de identidad N° V.-626.744, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.024, y de este domicilio.- no compareció la parte actora ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; en este estado, se deja expresa constancia de ello.- Seguidamente la Juez, procedió a examinar el expediente a los fines de determinar que no haya habido violación del Derecho a la Defensa, de la Garantía Constitucional del Debido Proceso, de normas de Orden Público Procesal o del Principio de Irrenunciabilidad de los Derechos de Los Trabajadores, entendiendo el derecho a la defensa, la oportunidad de alegar, probar y recurrir dentro del proceso, observando la presente audiencia se fijó el día 31 de mayo de 2013, bajo nota de diario número 07 de la misma fecha, por certificación de la audiencia.- Posteriormente procedió a confirmar la publicación de la celebración de la presente audiencia en la cartelera del Tribunal, así como en la página electrónica del Tribunal, indicando que ha sido publicada con la diligencia de un buen padre de familia, razón por la cual, por consulta en el expediente por el principio de publicidad de los actos, como por consulta en la página electrónica o de la cartelera del Tribunal, pudieron perfectamente las partes tener conocimiento de la celebración de la presente audiencia aunado al hecho que las mismas se encuentran a derecho, no observando esta juzgadora en consecuencia que haya habido violación al derecho a la defensa, del debido proceso, de norma de orden público procesal o del principio de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, todos ellos consagrados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, siendo que las partes tuvieron tiempo y oportunidad para hacerse presente en la presente audiencia. Razones por las cuales procede a dictar el dispositivo en los siguientes términos: “Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO por cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos Laborales interpuesto por la ciudadana: PETRA JOSEFINA FLORES PEREZ, en fecha 15 de mayo de 2013, contra la empresa VIGILANTES UNION LOS TEQUES, C.A. (VIGILUNION-L/T). Publíquese y Regístrese el texto íntegro de la presente acta en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques. De conformidad con lo señalado en el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena a la ciudadana Secretaria expedir copia certificada del acta contentiva de la presente audiencia. Dictada, sellada y firmada, en el Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques el día Viernes, 14 de Junio de 2013, años 202° de la Independencia y 153° de la Federación, siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.). Se declara concluida la presente audiencia. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
YUDITH DEL CARMEN GONZALEZ
JUEZ

PARTE ADEMANDADA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
Exp: 3578-13
YGDCG.-