JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRICION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Los Teques, lunes diecisiete (17) de junio de 2013.

203° y 153°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por la abogado; ERIKA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 51.175, en su carácter de Apoderada Judicial de los demandantes, según instrumento poder que riela a los autos, folios 37 al 48 de la primera pieza del expediente, mediante el cual expone “ Como consecuencia del acta que se levantara con ocasión a la ejecución voluntaria de fecha 06-06-2013, consigno al Tribunal calculo de los intereses para así dar cumplimiento por lo indicado por el Tribunal en el acta ut supra mencionada”

El Tribunal observa:
.-Se desprende de las actas procesales; 1.- Libelo de Demanda por Prestaciones Sociales, introducida ante la Unidad De Recepción De Documentos en fecha 20 de Diciembre de 2011.- 2.- Se Admitió la demanda el 20 de Diciembre del 2011, a los únicos efectos de la prescripción y ordeno la notificación de la parte accionada, iniciándose la Audiencia Preliminar en fecha 09 de marzo de 2012, por efecto de la constancia de notificación que riela a los folios 72 al 82 de auto, consignación por comisión.- 3.- En esa misma fecha, 09 de marzo de 2012, se Homologa el Acuerdo Transaccional en los términos previsto en dicha acta, quedando establecido que todos los conceptos demandados que le corresponden a los demandantes: MIGUEL ANGEL MIJARES GONZALEZ, JOSE MANUEL CAMEJO MUJICA, MERCEDES ANGELINA CABRERA DE BLANCO, EUCLIDES DE JESUS YEPEZ LOPEZ, fueron debidamente calculados en la cantidad de OCHENTA Y SEIS MIL SETENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CÉNTIMOS (Bs.86.075,26) monto este desglosado de la siguiente manera:
Miguel Angel Mijares Gonzalez
Concepto Cantidad Total a
Demandado a Pagar Pagar Bs.
Prest. Antigüedad 95,00 3.818,10
I.S.P.S. 0,00 570,93
Bono Vacacional Fracc. 6,66 271,87
Vacaciones Fracc. 12,50 509,75
Días Adicionales art.108, parf 1° 15,00 715,05
Indemnización de Antigüedad - 125 30,00 1.430,01
Indemnización Sustitutiva de Preaviso - 125 45,00 2.145,15
Tickets Aimentación 447 (19,7 8.828,25
Total 651,00 18.288,26


Jose Manuel Camejo Mujica
Concepto Cantidad Total a
Demandado a Pagar Pagar Bs.
Prest. Antigüedad 95,00 4.281,50
I.S.P.S. 0,00 570,93
Bono Vacacional Fracc. 0,66 27,18
Vacaciones Fracc. 1,33 54,37
Dias Adicionales Art.108, parf 1° 15,00 715,05
Indemnización de Antigüedad - 125 60,00 2.860,20
Indemnización Sustitutiva de Preaviso - 125 60,00 2.860,20
Tickets Aimentación 524(19,7 10.349,00
Total 755,99 21.718,43

Mercedes Angelina Cabrera de Blanco
Concepto Cantidad Total a
Demandado a Pagar Pagar Bs.
Prest. Antigüedad 95,00 4.281,50
I.S.P.S. 0,00 940,11
Bono Vacacional Fracc. 0,66 27,18
Vacaciones Farcc. 1,33 54,37
Dias Adicionales Art 108, parrf, 1° 15,00 715,05
Indemnización de Antigüedad - 125 90,00 4.963,09
Indemnización Sustitutiva de Preaviso - 125 60,00 2.860,20
Tickets Aimentación 524 10.349,00
Total 21.718,43

Euclides de Jesusu Yepez Lopez
Concepto Cantidad Total a
Demandado a Pagar Pagar Bs.
Prest. Antigüedad 98,00 6.159,24
I.S.P.S. 0,00 1.162,92
Bono Vacacional fracc. 1,98 80,74
Vacaciones Fracc. 3,99 162,71
Dias Adicionales Art 108, parf 1° 15,00 715,05
Indemnización de Antigüedad - 125 60,00 2.860,20
Indemnización Sustitutiva de Preaviso - 125 60,00 2.860,20
Tickets Aimentación 10.349,00
Total 24.350,06

Siendo el monto total Transado entre los cuatros (04) demandantes de OCHENTA Y SEIS MIL SETENTA Y CINCO CON VEINTISEIS CÉNTIMOS (Bs.86.075, 26).-
En ese sentido, consta de auto a los folios 93 hasta 132 constancia de las cuotas canceladas en Bs.2.000,00 cada uno y debidamente recibidas por las partes accionantes, siendo un total cancelado de cinco (05) cuotas a razón de dos mil bolívares sin céntimos (Bs.2.000,00) en cada uno de los demandantes, lo cual arroja un total cancelado de Cuarenta Mil Bolívares sin céntimos (Bs.40.000,00), resultando la cantidad a cancelar de Cuarenta y Seis Mil Setenta y Cinco Bolívares dieciocho céntimos (Bs.46.075,18) discriminado entre los cuatros (04) demandantes de la siguientes manera:
a) MIGUEL ANGEL MIJARES GONZALEZ, el monto demandado y transado de Bs.18.288,26, menos cinco (05) cuotas canceladas en Bs.2.000,00 cada una, arroja un monto deducible a cancelar de Bs.8.288,26
b) JOSE MANUEL CAMEJO MUJICA, el monto demandado y transado de Bs.21.718,43, menos cinco (05) cuotas canceladas en Bs.2.000,00 cada una, arroja el monto deducible a cancelar de Bs.11.718,43
c) MERCEDES ANGELINA CABRERA DE BLANCO, el monto demandado y transado de Bs. 21.718,43, menos cinco (05) cuotas canceladas en Bs.2.000,00 cada una, arroja el monto deducible a cancelar de Bs.11.718,43
d) EUCLIDES DE JESUS YEPEZ LOPEZ, el monto demandado y transado de Bs.24.350,06 menos cinco (05) cuotas canceladas en Bs.2.000,00 cada una, arroja el monto deducible a cancelar de Bs.14.350,06
Ahora bien, vista el acuerdo fechado el 06 de junio de 2013, formalizada mediante Acta de Audiencia Conciliatoria, pactado entre los Demandantes plenamente identificados en auto y la empresa accionada “Asociación Civil Club Cumbre Azul, C.A.”, con ocasión al pago definitivo en fase de Ejecución Voluntaria, y por ende, la suspensión del lapso previsto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo cual expresaron consumar dicho acuerdo en los siguientes términos:
1.- El primer pago será cancelado el día miércoles diez (10) de julio de 2013, ante este Juzgado, dentro de las horas de despacho, en cheque de gerencia a nombre de todos y cada uno de los accionantes en las cantidades discriminadas arribas descritas, lo cual arrojan la sumatoria total de Cuarenta y Seis Mil Setenta y Cinco Bolívares dieciocho céntimos (Bs.46.075, 18).-
2.- El segundo pago, se formalizara el día jueves ocho (08) de agosto de 2013, por concepto de Intereses Moratorios, conforme al monto que arroje el calculo que presentaran por auto separado ambas partes involucradas en el presente procedimiento, monto este que será calculado conforme la Tasa de Interés emanada del Banco Central de Venezuela, previsto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para su posterior revisión.- dicho concepto se calculara sobre la cantidad de todos y cada uno de los montos que se les adeuda a los ciudadanos: MIGUEL ANGEL MIJARES GONZALEZ, JOSE MANUEL CAMEJO MUJICA, MERCEDES ANGELINA CABRERA DE BLANCO, EUCLIDES DE JESUS YEPEZ LOPEZ; siendo la cantidad total de Cuarenta y Seis Mil Setenta y Cinco Bolívares dieciocho céntimos (Bs.46.075, 18); lo cual se determinara desde el 04 de agosto de 2012 fecha del incumplimiento de las cuotas pactadas entre las partes hasta la fecha del presente acuerdo, vale decir, hasta el día 06 de junio de 2013, fecha esta de la definitiva materialización de la sentencia transaccional de fecha 09 de marzo de 2012.- El referido pago se efectuara ante este Juzgado, dentro de las horas de despacho, en cheque de gerencia a nombre de todos y cada uno de los accionantes en las cantidades discriminadas arribas descritas.-
3.- Se dejó expresa constancia que al incumplimiento de lo pactado, se decretara la Ejecución Forzosa a petición de parte con sus respectivos intereses generados, igualmente se deja constancia que han transcurrido dos (02) días de los lapsos previstos en el artículo 180 ejusdem.-
A los fines de reafirmar lo anteriormente expuesto y en razón que consta de auto los cálculos sobre los intereses de Mora pactado en el Acta Convenio de fecha 06 de junio de 2013, consignado por la representación judicial de los demandantes.- y como quiera, que fue presentado por una sola de las partes.- En consecuencia; procede este Tribunal a efectuar los cálculos en comparación a los presentados, debido al derecho de la defensa de las partes involucradas conforme lo previsto en el artículo 49.2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sin que ello en modo alguno, este violentado normas de orden público, aun menos lo pactado en dicha Acta Convenio, lo cual dichos términos fue extraído de la página Web del Banco Central de Venezuela www.bcv.org.ve, en razón a los intereses, en el lapso a computar para los cálculos ordenados a realizar, y como directora del proceso conforme lo previsto en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo mediante los siguientes cuadros; y sobre las bases de los montos Transados, y debidamente Homologados en el Acta Transaccional de fecha 06 de junio de 2012, procede efectuarlo.-

INTERESES MORATORIOS
(Desde 04 de agosto de 2012 hasta 06 de junio de 2013)

MIGUEL ANGEL MIJARES GONZALEZ INTERESES DE MORA DESDE 04/08/2012 al 01/06/2013
Desde Hasta Capital Dias Tasa Anual Tasa Mensual Interes Mensual Int. X dias Transcurrido
04/08/2012 31/08/2012 8.288,26 28 15,57 1,30 107,74 100,56
01/09/2012 30/09/2012 8.288,26 30 15,65 1,30 108,09 108,09
01/10/2012 31/10/2012 8.288,26 31 15,50 1,29 107,06 107,06
01/11/2012 30/11/2012 8.288,26 30 15,29 1,27 105,61 105,61
01/12/2012 31/12/2012 8.288,26 31 15,06 1,26 104,02 104,02
01/01/2013 31/01/2013 8.288,26 31 14,66 1,22 101,25 101,25
01/02/2013 28/02/2013 8.288,26 28 15,47 1,29 106,85 106,85
01/03/2013 31/03/2013 8.288,26 31 14,89 1,24 102,84 106,27
01/04/2013 30/04/2013 8.288,26 30 15,09 1,26 104,22 104,22
01/05/2013 31/05/2013 8.288,26 31 15,09 1,26 104,22 107,70
01/06/2013 06/06/2013 8.288,26 06 15,09 1,26 104,22 20,84
Total Bs F. 1.086,33

JOSE MANUEL CAMEJO MUJICA INTERESES DE MORA DESDE 04/08/2012 al 01/06/2013
Desde Hasta Capital Días Tasa Anual Tasa Mensual Interés Mensual Int. X días Transcurrido
04/08/2012 31/08/2012 11.718,43 28 15,57 1,30 152,33 142,18
01/09/2012 30/09/2012 11.718,43 30 15,65 1,30 152,83 152,83
01/10/2012 31/10/2012 11.718,43 31 15,50 1,29 151,36 151,36
01/11/2012 30/11/2012 11.718,43 30 15,29 1,27 149,31 149,31
01/12/2012 31/12/2012 11.718,43 31 15,06 1,26 147,07 147,07
01/01/2013 31/01/2013 11.718,43 31 14,66 1,22 143,16 143,16
01/02/2013 28/02/2013 11.718,43 28 15,47 1,29 151,07 151,07
01/03/2013 31/03/2013 11.718,43 31 14,89 1,24 145,41 150,25
01/04/2013 30/04/2013 11.718,43 30 15,09 1,26 147,36 147,36
01/05/2013 31/05/2013 11.718,43 31 15,09 1,26 147,36 152,27
01/06/2013 06/06/2013 11.718,43 06 15,09 1,26 147,36 29,47
Total Bs F. 1.535,92
MERCEDES ANGELINA CABRERA INTERESES DE MORA DESDE 04/08/2012 al 01/06/2013
Desde Hasta Capital Días Tasa Anual Tasa Mensual Interés Mensual Int. X días Transcurrido
04/08/2012 31/08/2012 11.718,43 28 15,57 1,30 152,33 142,18
01/09/2012 30/09/2012 11.718,43 30 15,65 1,30 152,83 152,83
01/10/2012 31/10/2012 11.718,43 31 15,50 1,29 151,36 151,36
01/11/2012 30/11/2012 11.718,43 30 15,29 1,27 149,31 149,31
01/12/2012 31/12/2012 11.718,43 31 15,06 1,26 147,07 147,07
01/01/2013 31/01/2013 11.718,43 31 14,66 1,22 143,16 143,16
01/02/2013 28/02/2013 11.718,43 28 15,47 1,29 151,07 151,07
01/03/2013 31/03/2013 11.718,43 31 14,89 1,24 145,41 150,25
01/04/2013 30/04/2013 11.718,43 30 15,09 1,26 147,36 147,36
01/05/2013 31/05/2013 11.718,43 31 15,09 1,26 147,36 152,27
01/06/2013 06/06/2013 11.718,43 06 15,09 1,26 147,36 29,47
Total Bs F. 1.535,92
EUCLIDES DE JESUS YEPEZ LOPEZ INTERESES DE MORA DESDE 04/08/2012 al 01/06/2013
Desde Hasta Capital Días Tasa Anual Tasa Mensual Interés Mensual Int. X días Transcurrido
04/08/2012 31/08/2012 14.350,06 28 15,57 1,30 186,55 174,11
01/09/2012 30/09/2012 14.350,06 30 15,65 1,30 187,15 187,15
01/10/2012 31/10/2012 14.350,06 31 15,50 1,29 185,35 185,35
01/11/2012 30/11/2012 14.350,06 30 15,29 1,27 182,84 182,84
01/12/2012 31/12/2012 14.350,06 31 15,06 1,26 180,09 180,09
01/01/2013 31/01/2013 14.350,06 31 14,66 1,22 175,31 175,31
01/02/2013 28/02/2013 14.350,06 28 15,47 1,29 185,00 185,00
01/03/2013 31/03/2013 14.350,06 31 14,89 1,24 178,06 184,00
01/04/2013 30/04/2013 14.350,06 30 15,09 1,26 180,45 180,45
01/05/2013 31/05/2013 14.350,06 31 15,09 1,26 180,45 186,47
01/06/2013 06/06/2013 14.350,06 06 15,09 1,26 180,45 36,09
Total Bs F. 1.856,86

Por cuanto, se deja establecido que el monto arrojado por concepto de lo que se le adeuda de a).- Prestaciones Sociales a los accionantes es la cantidad total de: Cuarenta y Seis Mil Setenta y Cinco Bolívares dieciocho céntimos (Bs.46.075, 18); distribuidos entre cada uno de la siguiente forma: a.1) MIGUEL ANGEL MIJARES GONZALEZ, la cantidad de Bs.8.288,26; a.2) JOSE MANUEL CAMEJO MUJICA, la cantidad de Bs.11.718,43; a.3) MERCEDES ANGELINA CABRERA DE BLANCO, la cantidad de Bs.11.718,43; a.4) EUCLIDES DE JESUS YEPEZ LOPEZ, la cantidad de Bs.14.350,06, montos estos sumados arrojan la totalidad arriba descrita.- Y b).- Intereses de Mora, distribuidos entre cada uno de la siguiente forma: b.1) MIGUEL ANGEL MIJARES GONZALEZ, la cantidad de; Bs. 1.086,33 b.2) JOSE MANUEL CAMEJO MUJICA, la cantidad de Bs. 1.535,92; b.3) MERCEDES ANGELINA CABRERA DE BLANCO, la cantidad de Bs. 1.535,92; y b.4) EUCLIDES DE JESUS YEPEZ LOPEZ, la cantidad de Bs. 1.856,86, montos estos sumados arrojan la totalidad de Seis Mil Quince Bolívares con tres céntimos (Bs.6.015,03).- ASI SE ESTABLECE.-
En consideración a las partes, de una tutela judicial efectiva, que igualmente conlleva a todas esas personas llamadas a un proceso, o que de alguna manera intervengan en el mismo en su condición de partes, y que quieran llegar acuerdos, que gocen ampliamente del derecho y garantía constitucional a la tutela jurisdiccional efectiva, en el sentido de tener igual acceso a la jurisdicción para su defensa; a que se respete el debido proceso; a que la controversia sea resuelta en un plazo razonable; y, a que, una vez dictada sentencia motivada, ésta se ejecute, a los fines que se verifique cabalmente la efectividad de sus pronunciamientos (Sala Constitucional, sentencia N° 72 de 26/01/2001).- Y conforme los acuerdos verificados por las partes involucradas, con ocasión al Acta Convenio celebrada entres los Demandados y la Accionada en fecha 06 de junio de 2013, este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo LO HOMOLOGA, en los mismo términos que aparece concebida en dicha Acta; conforme lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, en el entendido, que al incumplimiento de lo arriba pactado dará derecho a la ejecución Forzosa con sus respectivos intereses moratorios, a petición de parte interesada, como a sí quedó expresado en el Acta Convenio de Pago.- Así se establece.- CUMPLASE.-
YUDITH DEL CARMEN GONZALEZ
JUEZ
CARLOS LEON
SECRETARIO
Nota: En este mismo acto se cumplió con lo ordenado.-
EL SECRETARIO
EXP: 3283-11
YCG/CL.-