JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 203° y 154°

ASUNTO Nº SP01-L-2013-000289

PARTE DEMANDANTE: ELVIS YULIAN VARGAS, identificado con la cédula Nro.V-23.095.659.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: Eliana Velásquez, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.67.369, RICHARD HERNANDEZ MORA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.98.326

PARTE DEMANDADA: AUTO ANDES C.A. inscrita en el Registro mercantil del Estado Táchira, bajo el Nro.73, Tomo 1-A de fecha 21 de junio de 1976.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSMAN JESUALDO PEREZ NIÑO Y JUDITH ELIZABETH GUERRERO, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros.83.012 y 143.722

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 26 de junio de 2013, a las 3:00 de la tarde, se hizo presente por la parte actora el ciudadano ELVIS YULIAN VARGAS, identificado con la cédula Nro.V-23.095.659, asistido por abogado ELIANA DEL MAR VELASQUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.67.369 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada JUDITH ELIZABETH GUERRERO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.143.722 quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos solicitaron se adelante la audiencia preliminar y el Tribunal en virtud a que ello está en consonancia con el principio de acceso a la justicia, brevedad, sencillez y concentración que informan el proceso laboral, se dio inicio a la misma de seguidas: En este estado la parte demandada ofrece a la parte actora la suma de OCHO MIL TRESCIENTOS TRES BOLIVARES (Bs.8.303,oo) pagaderos en este acto mediante cheque de gerencia Nro.21603688 contra el Banco Nacional de Crédito. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS



La parte Actora, La Parte demandada,

La Secretaria,