REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION
En el día de hoy, veintiuno (21) de marzo de 2013, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el acto de la sentencia oral en la causa que sigue los ciudadanos EMIL JESUS ORTIZ, XAVIER EDGARDO CARRASQUEL, JUNSEL ENRIQUE BANDRES, EFRAIN ARGENIS CARRASQUEL ROBERTO JOSE IBARRA TONGRI RAFAEL CARRASQUEL, WUILMAN GUARENAS ESCOBAR y JESUS ALEXANDER ZAMBRANO contra la Sociedad Mercantil LOGÍSTICA DE VENEZUELA, LOMA, C.A.. y como tercero interviniente la firma personal ROBLES GENSI RAMÓN, SERVICIOS DE CALETEROS F.P. por cobro de conceptos laborales en virtud de la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la parte actora y el tercero interviniente, abogado CARLOS ALBERTO ACOSTA y JOSE BERNARDO ACOSTA, inscritos en el inpreabogado bajo el N°. 44.180 y 44.179, respectivamente contra la sentencia de fecha 04 de febrero de 2013 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave, la cual cursa en el expediente N°. 1990-13 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia del abogado CARLOS ALBERTO ACOSTA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora anteriormente identificado. Igualmente comparece el tercero interesado, firma personal ROBLES GENSI RAMÓN, SERVICIOS DE CALETEROS F.P, a través de su representante legal ciudadano GENSY RAMON ROBLES, titular de la cédula de identidad N° 10.853.948, acompañado de su apoderado judicial, abogado JOSE BERNARDO ACOSTA, anteriormente identificado. Así mismo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandada, abogada VANESSA MANCINI GUITIERREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N°. 145.287. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley y declara PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, abogado CARLOS ALBERTO ACOSTA inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 44.180 contra la sentencia de fecha 04 de febrero de 2013 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave. SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial del tercero interviniente, abogado JOSE BERNARDO ACOSTA, inscrito en el inpreabogado bajo el N°. 44.179, respectivamente contra la sentencia de fecha 04 de febrero de 2013 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave. TERCERO: SIN LUGAR la falta de Cualidad opuesta por la parte demandada CUARTO: SIN LUGAR la tercería de la firma personal ROBLES GENSI RAMÓN, SERVICIOS DE CALETEROS F.P interpuesta por la parte demandada. CON LUGAR LA DEMANDA, que sigue los ciudadanos EMIL JESUS ORTIZ, XAVIER EDGARDO CARRASQUEL, JUNSEL ENRIQUE BANDRES, EFRAIN ARGENIS CARRASQUEL ROBERTO JOSE IBARRA TONGRI RAFAEL CARRASQUEL, WUILMAN GUARENAS ESCOBAR y JESUS ALEXANDER ZAMBRANO contra la Sociedad Mercantil LOGÍSTICA DE VENEZUELA, LOMA, C.A. y como tercero interviniente la firma personal ROBLES GENSI RAMÓN, SERVICIOS DE CALETEROS F.P. por cobro de CONCEPTOS LABORALES. QUINTO: CON LUGAR LA DEMANDA, que sigue los ciudadanos EMIL JESUS ORTIZ, XAVIER EDGARDO CARRASQUEL, JUNSEL ENRIQUE BANDRES, EFRAIN ARGENIS CARRASQUEL ROBERTO JOSE IBARRA TONGRI RAFAEL CARRASQUEL, WUILMAN GUARENAS ESCOBAR y JESUS ALEXANDER ZAMBRANO contra la Sociedad Mercantil LOGÍSTICA DE VENEZUELA, LOMA, C.A. y como tercero interviniente la firma personal ROBLES GENSI RAMÓN, SERVICIOS DE CALETEROS F.P. por cobro de CONCEPTOS LABORALES; en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de los conceptos laborables cuya determinación y cuantificación se expresará en el texto íntegro del fallo. SEXTO: SE DECRETA la inamovilidad laboral de los accionantes, hasta tanto sean incorporados en la nómina de la Sociedad Mercantil LOGÍSTICA DE VENEZUELA, LOMA, C.A SEPTIMO: SE REVOCA la sentencia de fecha 04 de febrero de 2013 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave. OCTAVO: Se condena en Costas a la parte demandada por haber quedado totalmente vencida en el juicio. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, cuando comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los veintiuno (21) días del mes de marzo del año dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
APODERADO JUDUCIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
TERCERO INTERESADO
APODERADO JUDICIAL DEL TERCERO INTERESADO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EXP. 1990-12
AHG/EVZ*