REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 18 de marzo de 2013.
202º y 154º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos YONNY JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y MILAGROS JOSEFINA FLORES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos: V-12.239.399 y 13.803.415, respectivamente, sobre las bienhechurías y mejoras construidas en una porción de terreno de su propiedad ubicado en: Comunidad Barola, sector Los Hidalgos, calle San José, casa Nº 16, Jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Miranda, el cual tiene una superficie de DOSCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS (212 mtrs 2), según consta de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda registrado bajo el Nº 2013.99, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No 229.13.17.1.2468 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013, de fecha 25 de enero de 2013, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en originales las presentes actuaciones a los solicitantes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual fue redactada por el solicitante YONNY JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el No 151.615. El tribunal certifica que tuvo a su vista los siguientes documentos originales: A) documento debidamente protocolizado por ante a Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda registrado bajo el Nº 2013.99, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No 229.13.17.1.2468 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013, de fecha 25 de enero de 2013. B) plano topográfico. -Devuélvanse a los solicitante las presente actuaciones y déjese constancia en el Libro Diario llevado en este tribunal.
La Juez Accidental,
Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
En esta misma fecha se devuelve la solicitud constante de ocho (08) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
LAGG/BD.Cris/ S-2479-13
Quien suscribe, BEYRAM DIAZ MARTÌNEZ, Secretaria Titular del Juzgado del Municipio Autónomo Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: La copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que corre inserto al folio 08 del expediente No: S-2479-13, con motivo de solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesto por los ciudadanos ONNY JOSÉ HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ y MILAGROS JOSEFINA FLORES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos: V-12.239.399 y 13.803.415, respectivamente. Dicha certificación se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Carrizal, dieciocho (18) día del mes de marzo del año dos mil trece (2013).- Años 202º y 154º.
LA SECRETARIA,
ABG. BEYRAM DÌAZ MARTÌNEZ
S-2479-13
BDM/cris*.-