REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 20 de marzo de 2013
202º y 154º
Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar los derechos que tienen los ciudadanos CORDOVEZ JOSÉ ISABEL, CORDOVEZ BETANCOURT MARCOS SERGIO, CORDOVEZ BETANCOURT JUAN NORBERTO, CORDOVEZ BETANCOURT RAFAEL AUGUSTO, CORDOVEZ de HERNÁNDEZ MARÍA MAGDALENA, CORDOVEZ BETANCOURT SANTIAGA DESIDERIA y GONZÁLEZ LINO ALEJANDRO (hermanos) y MARÍA DE LOS ÁNGELES DE LA ROSA DE AUMAITRE y HUMBERTO ESTEBAN DE LA ROSA CORDOVEZ (sobrinos), venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-617.408, V-627.449, V-4.056.589,-V-5.455.609, V-6.457.483, V-3.589.303, V-2.970.714 –V-6.461.361 y V-10.282.491 respectivamente, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus, MARIA CRISTINA GONZÁLEZ, quien falleció en fecha 03 de julio de 2011, según consta en acta de defunción N° 087, de fecha 18 de julio de 2011, que corre inserta al folio N° 087, de los Libros de Registro Civil de Defunción llevados por el Registrador Civil del Municipio Carrizal del Estado Miranda en el año 2011. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud, la cual precede redactada por la Abogada en ejercicio Mildred D`Windt R, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 15.490. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal.
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G
La Secretaria Acc,
Tamara J. Rodríguez A
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de veintinueve (29) folios útiles.
La Secretaria Acc,
Tamara J. Rodríguez A
LAGG / TR
cris / S-2198-11
Quien suscribe, TAMARA J. RODRÍGUEZ A, Secretaria Accidental del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que los fotostatos que anteceden, son traslado fiel y exacto de su original que corren insertos en la solicitud Nº 2198-11, contentivo del Justificativo de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana MARIA MAGDALENA GORDOVEZ DE HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad No. V-6.457.483, actuando en su propio nombre y en representación de los ciudadanos CORDOVEZ JOSÉ ISABEL, CORDOVEZ BETANCOURT MARCOS SERGIO, CORDOVEZ BETANCOURT JUAN NORBERTO, CORDOVEZ BETANCOURT RAFAEL AUGUSTO, CORDOVEZ de HERNÁNDEZ MARÍA MAGDALENA, CORDOVEZ BETANCOURT SANTIAGA DESIDERIA y GONZÁLEZ LINO ALEJANDRO (hermanos) y MARÍA DE LOS ÁNGELES DE LA ROSA DE AUMAITRE y HUMBERTO ESTEBAN DE LA ROSA CORDOVEZ (sobrinos), venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-617.408, V-627.449, V-4.056.589,-V-5.455.609, V-6.457.483, V-3.589.303, V-2.970.714 –V-6.461.361 y V-10.282.491 respectivamente. La presente certificación fue autorizada por la Juez de este Tribunal, y se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal a los veinte (20) días del mes de marzo de dos mil trece (2013). Años: 202º y 154º.-
LA SECRETARIA ACC,
TAMARA J. RODRÍGUEZ A.
LAGG / TR
cris / S-2198-11