REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 25 de marzo de 2013.
202º y 154º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos DAVID DE JESUS RUJANO RUJANO y ANA EDUVIGES GUERRERO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos: V-8.713.876 y V-10.904.831, respectivamente, sobre la mejoras y bienhechuría construidas en una porción de terreno propiedad municipal que tiene un área aproximada de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (242,56 Mtrs.2), ubicado en: Comunidad Gran Colombia, Primera Escalera, casa S/N, Municipio Carrizal del Estado Miranda, con un área de construcción aproximada de CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (59,83 Mtrs.2), según consta de autorización de fecha 18 de febrero del año 2013, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio, SHELLEY GIRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.-
La Juez Titular,
º
Dra. Liliana González González.
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de diez (10) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Beyram Díaz Martínez
Cris/ExP. Nº 2473-13
LGG/BDM.-
Quien suscribe, Abg. BEYRAM DIAZ MARTINEZ, Secretaria Titular del Juzgado del Municipio Autónomo Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, CERTIFICA: La copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que corre inserto al folio 10 del expediente No: S-2473-13, con motivo de solicitud de TITULO SUPLETORIO, interpuesto por los ciudadanos DAVID DE JESÚS RUJANO RUJANO y ANA EDUVIGUE GUERRERO CONTRERAS, titulares de las cédulas de identidad Nos: V-8.713.876 y V-10.904.831. Dicha certificación se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Carrizal, a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año dos mil trece (2013).- Años 202º y 154º.
LA SECRETARIA,
Abg. BEYRAM DIAZ MARTINEZ
S-2473-13
BDM/cris*.-