REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 26 de marzo de 2013.
202º y 154º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana CARMEN CECILIA LINARES CASTELLANOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-6.319.110, sobre las mejoras y bienhechurías construidas sobre un lote de terreno de su propiedad, distinguido con la “A”, el cual forma parte de la parcela N° 1062 ubicado en el Parcelamiento Colinas de Carrizal, Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie de MIL CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (1.400 Mts) según consta de documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 15 de abril de 2011, bajo el N° 2010.9361, Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el N° 229.13.17.1.1337,correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiere verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse las presentes actuaciones en original, al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada N. Caripe A., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.650. Este Juzgado deja expresa constancia de haber tenido a la vista los siguientes recaudos: a) Documento protocolizado ante la mencionada oficina de Registro Público, en fecha 15 de abril de 2011 precedentemente identificado, b) Levantamiento topográfico. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Titular,

Dra. Liliana A. González G.
La Secretaria,

Abg. Beyram Díaz Martínez
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de seis (06) folios útiles.
La Secretaria,

LAGG / BDM Abg. Beyram Díaz Martínez
OO / S-2493-13 
Quien suscribe, BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ, Secretaria del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº 2493-13, contentivo de la solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana CARMEN CECILIA LINARES CASTELLANOS. La presente copia certificada, fue autorizada por la Juez Titular de este Tribunal, por auto de esta misma fecha, y se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal, a los veintiséis (26) días del mes de marzo de dos mil trece (2013). Años: 202º y 154º.-
LA SECRETARIA

ABG. BEYRAM DÍAZ MARTÍNEZ



BDM
OO / 2493-13