REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 12 de marzo de 2013
202° y 154°
Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos Guillermo Whittembury Hauswedell y Cecilia Julia Castillo de Whittembury, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, cónyuges entre sí, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad NROS V-5.455.199 y V-12.416.985, asistidos por la abogada Blanca Nieves Fernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.441; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados por los solicitantes; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de los ciudadanos GUILLERMO WHITTEMBURY HAUSWEDELL y CECILIA JULIA CASTILLO DE WHITTEMBURY, antes identificados, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una casa destinada a vivienda con un área total de construcción de aproximadamente DOSCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS (271,68 Mtrs2) que consta de dos (2) plantas (Planta Sótano y Planta Baja). Que en la presente declararon los solicitantes haber construido sobre una parcela ubicada en la Urbanización Potrerito (antes Covadonga-Potrerito), Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, que les pertenece a los solicitantes según consta de Documento de Propiedad debidamente Protocolizado ante la Oficina de Registro Subalterno del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda, en fecha veintiséis (26) de julio del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), quedando inscrito bajo el Nº 43, Protocolo 1°, Tomo 5, Tercer Trimestre; de Documento de Aclaratoria Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda en fecha siete (7) de junio del año dos mil diez (2010), quedando inscrito el primero bajo el Nº 32, Folio 312, Tomo 6; de Documento de Reparcelamiento Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda en fecha dieciocho (18) de junio del año dos mil diez (2010), quedando inscrito bajo el Nº 17, Tomo 7, Folio 166, Protocolo de transcripción; y de Documento de Adjudicación de Parcelas Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del estado Bolivariano de Miranda en fecha siete (7) de enero del año dos mil once (2011), quedando inscrito bajo los NROS 2011.7 - 2011.8, Matrículas 232.13.13.1.2066 - 232.13.13.1.2067, Asiento Registral 1, Folio Real 2011; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que la referida parcela tiene una superficie aproximada de MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (1.783,59 Mts2), y se encuentra aforada por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0013784.
Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR,
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
EL SECRETARIO TITULAR,
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2013-026
LCH / MMI / jge