REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA


San Antonio de Los Altos, 14 de marzo de 2013
202° y 154°

Visto como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por la ciudadana HORTENCIA GUEVARA MACHADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.844.990, debidamente asistida por el abogado Ivan Aponte Sosa, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.257; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos HORTENCIA GUEVARA MACHADO, LINA ANGELINA GUEVARA DE MONROY, MILEDY JOSEFINA GUEVARA NAVAS, JOSÉ FELIX GUEVARA NAVAS, ROSAURA GUEVARA DE BRICEÑO y MARIELA DEL CARMEN GUEVARA DE GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.844.990, 629.664, 12.161.686, 15.118.878, 10.278.569 y 12.158.300, respectivamente; en su carácter de causahabiente de la ciudadana CARMEN MACHADO DE GUEVARA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 619.273, quien falleció en fecha 17 de diciembre de 1977, tal como se desprende de Acta de Defunción Nº 33, emitida por el Registro Principal del estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ

MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO



Expediente N°: S-2013-025
LCH / mmi