REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, miércoles 13 de marzo del 2013
202 y 153
Asunto n.° SP01-L-2012-000143 (Cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales)

En el día de hoy, miércoles 13 de marzo del 2013, siendo las 10:45 a. m., fecha y hora fijada para la celebración de la audiencia de juicio oral, pública y contradictoria en el presente proceso signado con el asunto n.° SP01-L-2012-000143, contentivo de la acción incoada por el ciudadano Reinaldo Prada, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad n.º V.-9.461.524, en contra de la sociedad mercantil Gutiérrez Protección y Seguridad S.R.L. por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales. El ciudadano juez que preside este Tribunal declara abierta la audiencia de juicio, solicitando a la secretaria que anuncie el acto y verifique la presencia e identidad de las partes. A continuación, la secretaria a viva voz anunció el acto y dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandante ciudadano Reinaldo Prada, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad n.º V.-9.461.524. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, abogada Braulio Cesar Sánchez, inscrita en el inpreabogado bajo el n.º 38.640. El ciudadano Juez vista la incomparecencia de la parte actora dictó el dispositivo del fallo en los siguientes términos: Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: 1º: Desistido el procedimiento interpuesto por el ciudadano Reinaldo Prada, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad n.º V.-9.461.524, en contra de la sociedad mercantil Gutiérrez Protección y Seguridad S.R.L. por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, conforme al contenido del artículo 151 de la Lay Orgánica Procesal del Trabajo.
Se deja constancia que la presente audiencia de juicio se reprodujo en forma audiovisual, por un técnico adscrito a esta Coordinación del Trabajo.
El juez
Abg. Miguel Ángel Colmenares Ch.

Apoderado judicial del demandada
Secretaria judicial

Abg. ª Linda Flor Vargas Zambrano
MÁCCh/LFVZ