REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 25 de Marzo de 2013.

202º y 154º

Visto el convenimiento celebrado en el acto conciliatorio de fecha 18-03-2012, por los ciudadanos: GOMEZ CONTRERAS BELKIS ZULAY, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.787.737, domiciliada en la Aldea Angostura, parte alta cerca del Mirador Doña Rita, vía principal La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira y DUQUE JESUS ELIAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.926.142, domiciliado en San Cristóbal, urbanización Los Ángeles, casa Nº 76. Estado Táchira, con el carácter de padres de los hermanos: (NOMBRES OMITIDOS POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), donde el demandado de autos expone: “ Que en cuanto a la deuda que tiene de Bs. 8000,oo en este acto paga en efectivo la cantidad de 1000,oo, y el día lunes 25 de marzo en la cuenta corriente Nº 0137-0017-61-0001152121, del Banco Sofitasa depositara la cantidad de Bs., 1000,oo y el 05 de abril del presente año depositara la cantidad de Bs. 2000,oo en la misma cuenta, mas una cuota de Bs. 2000,oo que depositara en el mes de mayo y Bs. 2000,oo en el mes de junio, los cuales serán depositados adicionalmente a la cantidad de Obligación de Manutención, y a partir del mes de abril seguirá depositando la cantidad de Bs. 900,oo por cuanto la niña Maria de Los Ángeles, vive con él, y en cuanto a los gastos de septiembre, diciembre y gastos médicos, pagara el 50% de los mismos…” la demandante manifiesta su conformidad con lo expuesto por el padre de sus hijos. En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley. Homologa el convenimiento celebrado entra las partes ya identificadas y ordena proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en él ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Cúmplase con la obligación asumida y déjese copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal.-

EL JUEZ,
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Abg. GEORGE LASTRA POZO LA SECRETARIA,
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Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE

GLP/fanny
Exp. N° 1796-12