JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 18 de marzo de 2013.
202º y 154º
Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos DAINY YERITZA BOADA RAMÍREZ Y AZAEL ENRIQUE MENDOZA SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V.-16.229.269 y V.-14.277.488, respectivamente, domiciliados en el Municipio Libertad, Estado Táchira; mediante la cual DESISTEN del presente procedimiento por haber llegado a un acuerdo amistoso; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Líbrese Boleta.
La Jueza Temporal,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria Temporal,
ABG. LIDIA CONSUELO MENDOZA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 10:00 a.m., quedó registrado bajo el Nº 58; se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Lidia Consuelo Mendoza / Secretaria Temporal
Exp. Nº 2248/2012
BYVM/sr.
Va sin enmienda.
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