REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN. SEDE LOS TEQUES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques


Los Teques, 04 de Marzo de 2013
202º y 153º

ASUNTO Nº JMS1-S-9150-13

Vistas las anteriores actuaciones, en especial la diligencia suscrita en fecha 20-02-2013, por los ciudadanos (se suprimen sus datos), respectivamente, mediante la cual desisten del procedimiento; ahora bien, siendo que el desistimiento debe ser permitido en tales casos, en beneficio de los principios de economía y celeridad procesal, habida consideración que, resultaría totalmente inoficioso continuar el trámite del asunto, es por lo que resulta procedente y ajustado a derecho HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO formulado por los ciudadanos (se suprimen sus datos), de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECLARA. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. DAGIELY T. PALMA RODRIGUEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,








Motivo: Separación de Cuerpos.-
DP/Natacha Oropeza-.